La aplicación del sistema jurídico en el espacio y en el tiempo

AutorMarcial Rubio Correa
Páginas275-290
caPÍtulo Xii: la aPlicación del sistema JurÍdico en el esPacio y
en el tiemPo
obJetiVos
1. Identif‌icar la naturaleza particular que presentan los problemas de aplicación
del Derecho en el espacio y en el tiempo.
2. Comprender los conceptos de aplicación territorial y aplicación personal del
Derecho y sus variantes en la realidad de nuestro sistema jurídico.
3. Adiestrarse en la normatividad que identif‌ica a las diferentes situaciones de
aplicación territorial de nuestro Derecho, y los ámbitos diversos de nuestro terri-
torio, especialmente la zona marítima, el espacio aéreo y el subsuelo.
4. Comprender los conceptos de aplicación retroactiva y aplicación ultraactiva
del sistema jurídico en el tiempo, distinguiendo los casos en los que ello es posi-
ble y los casos en que no.
5. Internalizar el signif‌icado de las teorías del derecho adquirido y del hecho
cumplido para efectos de la aplicación temporal del sistema jurídico.
6. Adiestrarse en los casos concretos, en la aplicación retroactiva o ultraactiva del
sistema jurídico, en base a la teoría desarrollada.
Cada Estado contemporáneo establece su propio sistema jurídico y, en términos gene-
rales, sus disposiciones rigen así:
− En el ámbito espacial, dentro del territorio del Estado del que se trate.
− En el ámbito temporal, a partir de su plena entrada en vigencia. La declaración
de voluntad puede, eventualmente, determinar que sus disposiciones rijan re-
troactivamente, siempre que ello no vaya contra normas legislativas o jurispru-
denciales que estatuyan lo contrario mandatoriamente.
Pueden aparecer, sin embargo, dos tipos de situaciones en las cuales estos principios
generales no tienen aplicación o, al menos, no la tienen tan clara:
− Cuando las propias disposiciones así lo establecen (lo que ocurre esencialmente
entre las de naturaleza legislativa). En estos casos, existe la voluntad expresa del
CAPÍTULO XII
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autor de la norma, en el sentido de que ella se aplique de manera distinta a la
esbozada como principio general; y,
− Cuando se dan situaciones concretas en la realidad que ameritarían una excep-
ción a dichos principios generales según el agente del Derecho, pero el texto
normativo ha guardado silencio sobre el problema. Se presentaría, así, una lagu-
na del Derecho.
La teoría ha ensayado varias respuestas posibles a cada una de estas circunstancias y las
disposiciones legislativas han pretendido también regularlas en genérico. No obstante,
el problema no parece tener una resolución con alcances universales porque, como ya
viene dicho, se presenta en ocasiones determinadas que tienen matices diversos entre sí.
En otros términos, sobre estos temas se puede esbozar principios generales pero siempre
aparecen situaciones en las que cabe discutirlos y elaborar respuestas alternativas.
El problema asume caracteres distintos según hablemos del ámbito espacial o del tem-
poral. Por ello, a continuación, los tratamos por separado.
La apLicación deL sistema jurídico en eL espacio125
Hemos dicho que el principio general consiste en que las normas de un Estado son
aplicables en todo el ámbito de su territorio.
El territorio peruano es la superf‌icie, el espacio aéreo y el subsuelo encerrado dentro de
sus fronteras. En tierra ello no ofrece dudas desde que nuestras fronteras han sido f‌ija-
das por sendos tratados. La norma correspondiente es el artículo 54 de la Constitución
que establece: «El territorio del Estado es inalienable e inviolable. Comprende el suelo,
el subsuelo, el dominio marítimo y el espacio aéreo que los cubre».
Problema particular se presenta en la zona marítima, su respectivo espacio aéreo y sub-
suelo. Las normas son los dos párrafos f‌inales del mismo artículo 54, que establecen:
En su dominio marítimo, el Estado ejerce soberanía y jurisdicción, sin perjui-
cio de las libertades de comunicación internacional, de acuerdo con la ley y
con los tratados ratif‌icados por el Estado.
El Estado ejerce soberanía y jurisdicción sobre el espacio aéreo que cubre su te-
rritorio y el mar adyacente hasta el límite de las doscientas millas, sin perjuicio
de las libertades de comunicación internacional, de conformidad con la ley y
con los tratados ratif‌icados por el Estado.
125 Los textos suelen decir aplicación de «la ley». Nosotros preferimos la expresión «Sistema Jurídico»
porque es más propia y guarda coherencia con el total de este libro.

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