Apelacion nº 000941-2002 de Sala Penal Permanente, Corte Superior De Arequipa, 1 de Octubre de 2003 (caso Apelacion de Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente Nro 000941-2002, de 01 de Octubre de 2003)

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Nulidad de resolucion administrativa.

La cosa juzgada no existe en el derecho pÙblico. la figura que existe es la cosa decidida.

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Apelacion nº 000941-2002 de Sala Penal Permanente, Corte Superior De Arequipa, 1 de Octubre de 2003 (caso Apelacion de Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente Nro 000941-2002, de 01 de Octubre de 2003)

EXP. N° 941 - 2002 AREQUIPA LIMA, PRIMERO DE OCTUBRE DEL DOS MIL TRES.- VISTOS: CON LO EXPUESTO EN EL DICTAMEN FISCAL; Y, CONSIDERANDO: PRIMERO: QUE, LA ACTORA EN SU RECURSO DE APELACIÓN REFIERE QUE LA NULIDAD DE PURO DERECHO DE UNA RESOLUCIÓN CONSENTIDA PROCEDE EN CUALQUIER MOMENTO, INCLUSIVE DE OFICIO, DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULO...

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