ORDENANZA Nº 007-2011 - Establecen amnistía parcial y fraccionamiento de multas por infracciones al tránsito y al transporte urbano

EmisorMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Fecha de la disposición 2 de Mayo de 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, lunes 2 de mayo de 2011
441940
Pública correspondiente, con visto bueno de área legal del
Gobierno Regional de Ancash.
Artículo 4.- El texto de la presente Resolución deberá
incorporarse en la Escritura Pública a que dé origen el
Contrato de Concesión Nº 001-2010 – GRA/DREM/D/E,
referido en el artículo 2º de la presente Resolución, en
cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de
Concesiones Eléctricas.
Artículo 5.- La presente Resolución, en cumplimiento de
lo dispuesto en el artículo 67º del Reglamento de la Ley de
Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Of‌i cial El
Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los
cinco (5) días calendario siguientes a su expedición; y, entrará
en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
Artículo 6.- Notif‌i car la presente Resolución, a la
empresa CENTRAL HIDROELECTRICA MARCARA S.A
– CEHIMAR. Cuyo representante legal es el Sr. Jesús
Francisco Galdós Anduaga.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FREDDY ELISEO JACOME DEPAZ
Director Regional
Dirección Regional de Energía y Minas
Ancash
634241-1
GOBIERNOS LOCALES
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
Establecen amnistía parcial y
fraccionamiento de multas por
infracciones al tránsito y al transporte
urbano
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2011
Callao, 12 de abril de 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL
CALLAO, en Sesión Ordinaria celebrada el 12 de abril de
2011, con el voto unánime de sus integrantes, en ejercicio
de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le
conf‌i ere y con dispensa del trámite de lectura y aprobación
de actas; ha aprobado por UNANIMIDAD la siguiente
ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE
AMNISTÍA PARCIAL Y FRACCIONAMIENTO DE
MULTAS POR INFRACCIONES AL TRÁNSITO Y AL
TRANSPORTE URBANO
I. SOBRE AMNISTÍA PARCIAL Y FACILIDADES DE
PAGO DE MULTAS
Artículo 1.- Otórguese un descuento del 50% del valor
de las multas impuestas hasta el día de la publicación de la
presente Ordenanza, por infracciones al tránsito y transporte
urbano comprendidas dentro de los alcances de los Decretos
Supremos Nº 033-2001-MTC y 009-2004-MTC, cuya cobranza
se encuentre en vía ordinaria y/o en ejecución coactiva.
Artículo 2.- Otórguese un descuento del 70% del valor
de las multas impuestas hasta el día de la publicación
de la presente Ordenanza, por infracciones al tránsito y
transporte urbano comprendidas dentro de los alcances de
los Decretos Supremos Nºs. 016-2009-MTC y 017-2009-
MTC, cuya cobranza se encuentre en vía ordinaria y/o en
ejecución coactiva.
Artículo 3.- No están considerados dentro de los alcances
de los benef‌i cios señalados en el artículo precedente, las
infracciones al tránsito de código M-1 y M-2.
Artículo 4.- En el caso de las Papeletas de Infracción
y las Actas de Control comprendidas en los artículos
precedentes que se encuentran en etapa de ejecución
coactiva, se deberá abonar adicionalmente por concepto
de gastos y costas procesales S/. 50.00 Nuevos Soles.
Artículo 5.- La presente Ordenanza tendrá vigencia
hasta el 31 de mayo de 2011.
Artículo 6.- Vencido el plazo, la cobranza de las multas
derivadas de Papeletas de Infracción y Actas de Control se
realizará por la vía coactiva.
II. SOBRE EL FRACCIONAMIENTO
Artículo 7.- El pago de las multas por Papeletas de
Tránsito comprendidas en los Decretos Supremos Nºs.
033-2001-MTC y 016-2009-MTC, y Actas de Control
comprendidas en los Decretos Supremos Nºs. 009-2004-
MTC y 017-2009-MTC y normas conexas, cuya cobranza
se encuentra en la vía coactiva o en la vía ordinaria,
pueden ser materia de fraccionamiento.
Artículo 8.- El fraccionamiento comprende a todas
las infracciones, sin excepción, y puede otorgarse de la
siguiente manera:
- Hasta en tres cuotas, cuando el monto de la multa no
supera el 25% de la UIT
- Hasta en seis cuotas, cuando la multa es mayor al
25% de la UIT hasta el 50% de la UIT
- Hasta en doce cuotas, cuando la multa es mayor al
50% de la UIT hasta una UIT.
El benef‌i cio de fraccionamiento es incompatible con
la amnistía parcial dispuesta en los artículos y 2 de la
presente Ordenanza. En consecuencia, el fraccionamiento
se aplicará sobre el 100% de la multa.
III. SOBRE EL DESISTIMIENTO
Artículo 9.- Los infractores cuyas multas se encuentren
en proceso de reclamo o impugnación, pueden acogerse
al presente benef‌i cio. La f‌i rma del compromiso y el
pago ejecutado en mérito a lo dispuesto en la presente
Ordenanza se considera como un desistimiento del
reclamo o impugnación que estuviera en trámite.
IV. PRESCRIPCIÓN
Artículo 10.- En el caso de multas que se encuentren
en cobranza coactiva y hayan cumplido el plazo de
prescripción, previa solicitud del infractor o tercero
civilmente responsable se reducirán los pagos a S/.
38.00 por costas procesales y S/. 12.00 por derecho
administrativo.
V. DISPOSICIONES FINALES
Artículo 11.- Los infractores que hayan celebrado
convenio de fraccionamiento al amparo de la Ordenanza
Municipal Nº 000067-2010-MPC y hayan incurrido en
nuevas infracciones, podrán acogerse a los benef‌i cios de
la presente Ordenanza por las nuevas papeletas siempre
que cancelen el íntegro del saldo del fraccionamiento
anterior.
Artículo 12.- Deléguese en el Despacho de Alcaldía, la
facultad de dictar las disposiciones reglamentarias necesarias
para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.
Artículo 13.- Encárguese a la Gerencia Municipal
y a la Gerencia General de Transporte Urbano el
cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza
Municipal, facultándole además a implementar las
acciones administrativas necesarias para viabilizar su
implementación. Asimismo, encárguese a la Gerencia
General de Relaciones Públicas la difusión de la presente
norma.
POR TANTO
Mando se publique y cumpla.
JUAN SOTOMAYOR GARCIA
Alcalde
634764-1

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