RESOLUCION DE ALCALDIA N° 143-2014/MDSMP - Declaran de oficio la aprobación de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito

Fecha de disposición03 Julio 2014
Fecha de publicación03 Julio 2014
El Peruano
Jueves 3 de julio de 2014
526794
MUNICIPALIDAD DE SAN
MARTIN DE PORRES
Declaran de oficio la aprobación de
habilitación urbana de terreno ubicado
en el distrito
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 143-2014/MDSMP
San Martín de Porres, 24 de junio del 2014
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN
DE PORRES
VISTO: El informe Nº 273-2014-GDU-MDSMP de la
Gerencia de Desarrollo Urbano, sobre declaración de
Habilitación Urbana de Of‌i cio de predio; y,
CONSIDERANDO
Que, mediante Informe del Visto, la Gerencia de
Desarrollo Urbano solicita la aprobación de la Habilitación
Urbana de Of‌i cio, del terreno constituido por la Parcela
10226 del ex Fundo Santa Rosa que, según la Ficha
Registral Nº 1184960 y su continuación en la Partida
Electrónica Nº 49084760, del Registro de la Propiedad
Inmueble de Lima, se encuentra ubicado en nuestra
jurisdicción, y sobre el cual se ha constituido la Urbanización
Fhiladelf‌i a II Etapa, cuya área es de 35,893.05 m², con
los siguientes linderos y medidas perimétricas: Por el
Norte, con una línea recta de 313.50 m., colinda con la
parcela U.C 10544 propiedad de la Sra. Julita Chumpitaz
de Altamirano; parcela U.C 10543 propiedad del Sr. Juan
Chumpitaz Caycho; parcela U.C 10542 propiedad de la
Sra. María Chumpitaz de Caycho y parcela U.C 10541
de propiedad del Sr. Eugenio Chumpitaz de Caycho; por
el Sur, con una línea recta de 294.50 m. y colinda con la
parcela U.C 10225 de propiedad del Sr. Antonio Fukuhara
Matayoshi; por el Este, con una línea oblicua de 130.50
m. y colinda con la parcela U.C 10225 de propiedad del
Sr. Antonio Fukuhara Matayoshi; y Por el Oeste con una
línea de 115.40 m. que colinda con el camino carrozable
que lo separa de la Parcela U.C 10213 de propiedad del
Sr. Juan Oshiro Oshiro;
Que, mediante Informe Nº 755-2014-SGCyHU-GDU-
MDSMP la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones
Urbanas, señala que, recogiendo el Informe Nº 012-
2014-YSV-CONSTRUCAD, se indica que el terreno de
35,893.05 m², sobre el cual se desarrolla la Urbanización
Fhiladelf‌i a II Etapa, se encuentra totalmente consolidada
con más del 90% del total del área útil, contando con
edif‌i caciones y servicios públicos domiciliarios; por lo
que cumple con las condiciones para que se declare
habilitado de of‌i cio, acorde con lo establecido en la Ley Nº
29898, que modif‌i ca la Ley Nº 29090 – de Regulación de
Habilitaciones Urbanas y de Edif‌i caciones que establece
el procedimiento de Habilitación Urbana de Of‌i cio y el
Que, según la Ordenanza Nº 1015-MML, publicada en
el diario of‌i cial El Peruano el 14.MAYO.2007, aprueba el
Reajuste Integral de la Zonif‌i cación de los Usos del Suelo
de los distritos de San Martín de Porres, Independencia,
Comas y Los Olivos y de una parte del distrito del Rímac,
que son parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I y II
de Lima Metropolitana, conforme al Plano de Zonif‌i cación
de los Usos del Suelo se calif‌i ca al terreno con zonif‌i cación:
Zonif‌i cación Residencial de Densidad Media – RDM.
Asimismo, de conformidad con el Plano del Sistema
Vial Metropolitano de Lima, aprobado por Ordenanza Nº
341-MML, respecto a las vías locales, se tiene que sobre el
terreno se propone la continuidad de las vías colindantes
que han def‌i nido los derechos de vías existentes, así
como su conexión con la Av. Bertello; que, las vías locales
propuestas se denominan: Calle. 1, Calle 2, Calle 3, Calle
4 Calle 5 y Calle 6, con una sección A-A de Var 10.60 m.
– 11.40; Calle. 7 con una sección B-B de Var 10.30 m.
– 10.80; Pasaje S/N, con una sección C-C de 4.00 m.,
se está respetando las secciones viales.; cumpliendo los
módulos con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de
Edif‌i caciones; y respecto a los aportes reglamentarios
en aplicación a lo establecido en el artículo 40º, numeral
las habilitaciones urbanas declaradas de of‌i cio no se
encuentran sujetas a los aportes de la Habilitación
Urbana; sin embargo, la urbanización ha dejado un área
de 2,015.00 m2 para Recreación Pública, que comprende
el Parque 01, por lo que la propuesta resulta conforme;
Que, con Informe Nº 273-2014-GDU-MDSMP e
Informe Nº 778 -2014-SGCHU-GDU/MDSMP, la Gerencia
de Desarrollo Urbano y la Subgerencia de Catastro
y Habilitaciones Urbanas, respectivamente, luego de
evaluar la documentación, remiten la propuesta de
declarar Habilitado de Of‌i cio el predio con un área de
35,893.05 m², constituido por la Parcela 10226 del Fundo
Santa Rosa e inscrito en la Ficha Nº 1184960 continuada
en la Partida Nº 49084760, del Registro de la Propiedad
Inmueble de Lima, a favor de la Urbanización Fhiladelf‌i a
II Etapa;
Que, el Informe Nº 943-2014-GAJ/MDSMP de la
Gerencia de Asesoría Jurídica señala que el presente
trámite cumple con las disposiciones establecidas para
el procedimiento de Habilitación Urbana de Of‌i cio,
incorporado a la Ley 29090 mediante la Ley Nº 29898 y el
se emita la respectiva resolución de alcaldía;
Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de
Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Urbano;
De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39 y
43 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades;
Ley Nº 29090- de Regulación de Habilitaciones Urbanas
y Edif‌i caciones, su modif‌i catoria Ley Nº 29898, así como
su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-
2013-VIVIENDA;
RESUELVE
Artículo Primero.- DECLARAR DE OFICIO la
aprobación de la Habilitación Urbana del inmueble con un
área de 35,893.05 m², terreno constituido por la Parcela
10226 del ex Fundo Santa Rosa e inscrito en la Ficha
Nº 1184960, continuada en la Partida Nº 49084760 del
Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, sobre el cual
se localiza la Urbanización Fhiladelf‌i a II Etapa, ubicado en
nuestra jurisdicción, provincia y departamento de Lima.
Artículo Segundo.- DISPONER la inscripción de la
Habilitación Urbana de conformidad con el Plano signado
con el Nº 048-2014-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria
Descriptiva, de acuerdo al siguiente detalle:
CUADRO GENERAL DE ÁREAS
Área Bruta Total 35,893.05 m²
Área Útil (188 lotes) 23,699.13 m²
Área para Recreación Pública(Parque Nº1) 2,015.00 m²
Área de Vías Locales 10,178.92 m²
Artículo Tercero.- DISPONER la Independización
e inscripción en la SUNARP, a favor del Estado y bajo
administración de la Municipalidad Distrital de San
Martín de Porres, del Aporte Reglamentario destinado a
Recreación Pública, constituido por el Parque 01 con un
área de 2,015.00 m2.
Artículo Cuarto.- REMITIR a la Municipalidad
Metropolitana de Lima copia certif‌i cada de la presente
norma, Memoria Descriptiva y de los Planos de Ubicación
y Localización, Plano Perimétrico, Plano Catastral y Plano
de Lotización Nº 048-2014-SGCyHU-GDU-MDSMP, para
su conocimiento.
Artículo Quinto.- COMUNICAR la presente resolución
a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales -
SBN, para los f‌i nes que corresponda.
Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la
presente resolución en el diario of‌i cial El Peruano, en
un plazo que no debe exceder los 30 días siguientes de
notif‌i cada la misma, a cargo de los propietarios del predio
objeto de la Habilitación Urbana de Of‌i cio.
Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia de
Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas,
Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de
Obras Privadas y Subgerencia de Informática y Desarrollo
Tecnológico, para que, de acuerdo a sus competencias,
incorporen la Habilitación Urbana de Of‌i cio a que se
ref‌i ere el artículo Primero de la presente resolución al

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