RESOLUCION DE ALCALDIA N° 0507-2014-MDR - Designan Procurador Público Municipal

Fecha de disposición02 Agosto 2014
Fecha de publicación02 Agosto 2014
El Peruano
Sábado 2 de agosto de 2014 529247
establece que los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, siendo que esta autonomía radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Municipalidades establece que el Alcalde ejerce las funciones
ejecutivas de gobierno mediante decreto de alcaldía;
Que, mediante Ordenanza Nº 385-2014-MDR
publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano el 04 de julio
del 2014, establece incentivos tributarios a favor de
contribuyentes del distrito;
Que, la Quinta Disposición Final de la precitada norma
faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía
dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para la
adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como
su prórroga de ser el caso, informe de la necesidad de la
unidad orgánica correspondiente;
Que, mediante Informe Nº 014-2014-GR-MDR de
la Gerencia de Rentas, establece que es conveniente
prorrogar el benef‌i cio contemplados en la citada Ordenanza,
cuyos fundamentos han sido sustentados, mediante el
cual se establece el incentivo tributario que consiste en la
condonación del cien por ciento (100%) y del reajuste o
intereses moratorios, generado por el pago oportuno del
Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de Limpieza Pública,
Parques y Jardines y Serenazgo, así como el incentivo
adicional del descuento en el monto insoluto de los arbitrios
municipales de acuerdo a la escala de gradualidad por el
periodo comprendido entre los años 2000 al 2014, siempre
que el contribuyente realice el pago al contado de su deuda
y no mantenga deuda del impuesto predial por el ejercicio de
pago al que desee acogerse; además al encontrarse al día en
el pago de sus obligaciones del ejercicio f‌i scal 2014;
Estando a las atribuciones conferidas por el artículo
SE DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 29 de
agosto del 2014 el plazo de la vigencia de la Ordenanza
Nº 385-2014-MDR, que establece incentivos tributarios a
favor de contribuyentes del distrito del Rímac.
Articulo Segundo.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldía
entra en vigencia al día siguiente de su publicación.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de
Rentas y Subgerencias que la conforman, Gerencia de
Administración y Finanzas, Subgerencia de Informática
el cumplimiento de la presente norma en lo que fuere su
competencia y a la Gerencia de Imagen y Comunicación
Social, para su difusión.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ENRIQUE PERAMÁS DIAZ
Alcalde
1117580-1
Designan Procurador Público
Municipal
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 0507-2014-MDR
Rímac, 30 de julio de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DEL RÍMAC
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 6º de la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que la Alcaldía
es el Órgano Ejecutivo del Gobierno Local y el Alcalde es
el representante legal de la Municipalidad y su máxima
autoridad administrativa;
Que, el numeral 17) del artículo 20º de dicho dispositivo
legal establece que el Alcalde, a propuesta del Gerente
Municipal, designa a los funcionarios de conf‌i anza;
Que, se encuentra vacante el cargo de Procurador
Público Municipal de la Municipalidad del Rímac, plaza
que se encuentra prevista en el Cuadro de Asignación de
Personal (CAP);
Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria
el Régimen Especial de Contratación Administrativa de
Servicios, aprobado por el Decreto Supremo Nº 075-2008-
PCM estableció que: “Los cargos cubiertos por personas
designadas por resolución no se encuentran sometidos a
las reglas de duración del contrato, procedimiento, causas
de suspensión o extinción, regulados por el presente
reglamento. Les son de aplicación las disposiciones
legales y reglamentarias que regulen la materia”;
Que, en el mismo sentido, la Primera Disposición
Complementaria Final de la Ley Nº 29849 señala que:
“El personal establecido en los numerales 1), 2), e inciso
a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley
Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen
Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, está
excluido de las reglas establecidas en el artículo 8º de
dicho Decreto Legislativo. Este personal solo puede ser
contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en
el Cuadro de Asignación de Personal de la entidad”;
Que, por necesidad de servicio, resulta conveniente
designar al Abog. Guillermo Eduardo Penagos Baldeón,
en el cargo de conf‌i anza de Procurador Público Municipal
de la Municipalidad Distrital del Rímac, debiendo emitirse
el respectivo resolutivo;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley Nº 27972, y la Ordenanza Nº 332-
MDR, que aprueba las modif‌i caciones al Reglamento de
Organización y Funciones de la Municipalidad del Rímac;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir de la fecha,
al Abog. Guillermo Eduardo Penagos Baldeón, en el
cargo de conf‌i anza de Procurador Público Municipal de la
Municipalidad Distrital del Rímac.
Artículo Segundo.- DISPONER que la Subgerencia
de Personal, realice las acciones necesarias y proceda
conforme a lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento de la
presente Resolución a la Gerencia Municipal, Gerencia de
Administración y Finanzas y al interesado para los f‌i nes
pertinentes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ENRIQUE PERAMÁS DIAZ
Alcalde
1117582-1
MUNICIPALIDAD DE
SAN MIGUEL
Prorrogan vigencia de beneficio tributario
y no tributario e incentivos a favor de
contribuyentes del distrito que actualicen
información predial, establecidos en la
Ordenanza Nº 267-MDSM
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 007-2014-MDSM
San Miguel, 31 de julio de 2014
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL
VISTOS, el memorando Nº 613-2014-GM/MDSM,
cursado por Gerencia Municipal, el informe N°499-2014-
GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos
y el informe Nº077-2014-GRAT/MDSM emitido por la
Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante ordenanza Nº267-MDSM se otorgan
benef‌i cios tributarias y no tributarias, así como incentivos
para la regularización voluntaria de la información predial a
favor de los vecinos del distrito de San Miguel, en cuya tercera

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