RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 048-2014-CE-PJ - Modifican la Res. Adm. N° 010-2014-CE-PJ

EmisorCONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Fecha de la disposición25 de Marzo de 2014
El Peruano
Martes 25 de marzo de 2014 519475
de la alianza estratégica entre Europa y América Latina,
y el rol de la cooperación entre ambas a partir de las
lecciones del Programa EUROsociAL. Asimismo, en el
mencionado encuentro se mostrarán los avances y se
pondrá en valor las características distintivas de referido
programa; así como, contribuir al debate sobre la nueva
agenda de la cooperación europea con America Latina;
correspondiendo al Poder Judicial asumir los gastos no
cubiertos por los organizadores.
En consecuencia; el Presidente del Consejo Ejecutivo
del Poder Judicial, en uso de sus facultades delegadas
mediante Resolución Administrativa N° 003-2009-CE-PJ,
de fecha 9 de enero de 2009.
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje del doctor Víctor
Lucas Ticona Postigo, Juez Titular de la Corte Suprema
de Justicia de la República, del 22 al 26 de marzo del
año en curso, a la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica,
para que participe en el Encuentro “Apoyando Políticas,
Conectando Instituciones. Dialogo Euro-Latinoamericano
de Políticas para la Cohesión Social”. Concediéndosele
licencia con goce de haber del 24 al 26 de los corrientes.
Artículo Segundo.- Los gastos de viáticos, traslado
e instalación y Asiscard, estarán a cargo de la Unidad
Ejecutora de la Gerencia General del Poder Judicial, de
acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos US$ 1 080.00
Gastos de Traslado e Instalación US$ 1 080.00
Asiscard US$ 17.20
Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente
resolución no exonera del pago de impuestos o de
derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al
Presidente del Poder Judicial, Juez Supremo designado;
y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su
conocimiento y nes consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente
1066029-1
Modifican la Res. Adm. N° 010-2014-
CE-PJ
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 048-2014-CE-PJ
Lima, 29 de enero de 2014
CONSIDERANDO:
Primero. Que mediante Resolución Administrativa
N° 010-2014-CE-PJ, de fecha 7 de enero del presente
año, se dictaron, entre otras medidas, pautas para el
funcionamiento de la Sala Penal Especial de la Corte
Suprema de Justicia de la República, en el caso de
procesos con el nuevo ordenamiento procesal penal.
Segundo. Que el artículo 450° del nuevo Código
Procesal Penal establece reglas especí cas para la
incoación del proceso penal por delitos de función
atribuidos a altos funcionarios públicos; por lo que
resulta pertinente modi car el artículo tercero de la
mencionada resolución administrativa, a n que los
procesos penales referidos a esta materia se tramiten
adecuadamente.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 088-2014
de la cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los
señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Meneses
Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas, sin la
intervención del señor Lecaros Cornejo por encontrarse
de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica
del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Modi car el artículo tercero de la
Resolución Administrativa N° 010-2014-CE-PJ, de fecha 7
de enero del año en curso, en los siguientes términos:
“Artículo Tercero.- Disponer que en todos los
procesos penales tramitados conforme a las normas del
Código Procesal Penal de 2004, el juzgamiento sea de
competencia de la Sala Penal Especial, órgano colegiado,
integrado por los tres Jueces Supremos menos antiguos
de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de
Justicia de la República. En ningún caso integrará la Sala
Penal Especial el juez designado como Juez Supremo de
la Investigación Preparatoria”.
Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución
a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Público,
Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la
República, Cortes Superiores de Justicia del país y la
Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento
y nes consiguientes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
S.
JAVIER ENRIQUE MENDOZA RAMÍREZ
Presidente
1066029-2
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Reiteran el uso voluntario de la casilla
electrónica para la notificación de
resoluciones judiciales en la Corte
Superior de Justicia de Lima, de
acuerdo al Art. 3º de la Res. Adm.
N° 356-2009-CE-PJ
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
Consejo Ejecutivo Distrital
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 08-2014-CED-CSJLI/PJ
Lima, 6 de marzo del 2014
VISTOS:
El O cio Nº 020-2014-PPR-C. Comercial/PJ de fecha
21 de Febrero del 2014 remitido por el Responsable
Técnico del Poder Judicial Programa Presupuestal
“Celeridad de los Procesos Judiciales en materia Civil-
Comercial” puesto a opinión del Consejo Ejecutivo Distrital
de la Corte Superior de Justicia de Lima y, el acta del
Consejo Ejecutivo Distrital sesionada en la fecha.
CONSIDERANDO:
Primero.- Que, el proceso judicial tiene por nalidad
resolver un con icto de intereses o eliminar una
incertidumbre ambas con relevancia jurídica, debiendo
el Juez tomar las medidas necesarias para lograr una
pronta y e caz solución del con icto en aplicación de los
principios de inmediación, concentración, economía y
celeridad procesales conforme lo dispone el artículo V del
Título Preliminar del Código Procesal Civil.
Segundo.- Que, conocer oportunamente el contenido
de las resoluciones judiciales mediante el rápido acto
de noti cación es un elemento clave en la mejora del
servicio de justicia brindando transparencia y celeridad al

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