Aprueban acumulación de lotes ubicados en el distrito

Fecha de publicación27 Enero 2008
Fecha de disposición27 Enero 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 27 de enero de 2008 365207
Municipalidad Distrital de San Isidro para que mediante
Decreto de Alcaldía dicte de ser necesario las disposiciones
complementarias para la adecuada aplicación de la
referida Ordenanza, así como para prorrogar la fecha de
vigencia de los benef‌i cios establecidos en la misma;
Que, es necesario prorrogar por un plazo adicional la
vigencia de la Ordenanza Nº 218-MSI a f‌i n de brindar a
los contribuyentes benef‌i ciarios las mayores facilidades
y plazos para el cumplimiento del pago de obligaciones
tributarias pendientes de pago derivadas de arbitrios
municipales del ejercicio 2006;
En uso de las facultades conferidas por el artículo
y la Primera Disposición Complementaria y Final de la
Ordenanza Nº 218-MSI publicada el 17 de noviembre de
2007;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia
de la Ordenanza Nº 218-MSI, hasta el último día hábil del
mes de marzo de 2008.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento
del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de
Administración Tributaria y a la Gerencia de Tecnologías
de la Información y Comunicaciones.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publique y cumpla.
E. ANTONIO MEIER CRESCI
Alcalde
156629-1
Aprueban cronograma de vencimiento
de arbitrios municipales del ejercicio
2008
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 003-ALC/MSI
San Isidro, 25 de enero 2008
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo dispone el artículo 15º de la Ley de
Tributación Municipal las formas de pago del impuesto
Predial son: al contado, hasta el último día hábil del
mes de febrero de cada año y en forma fraccionada,
hasta en cuatro cuotas, en cuyo caso, la primera cuota
es equivalente a un cuarto del impuesto total resultante
y debe pagarse hasta el último día hábil del mes de
febrero;
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo quinto
de la Ordenanza Nº 214-MSI los arbitrios municipales
son de periodicidad mensual, y vencimiento trimestral,
debiendo cancelarse el último día hábil de los meses de:
febrero, mayo, agosto y noviembre del ejercicio 2008;
Que, mediante la Tercera Disposición Final de la
Ordenanza Nº 214-MSI, el Concejo Municipal facultó al
Alcalde de San Isidro para que mediante Decreto dicte las
disposiciones necesarias para la adecuada aplicación de
dicha Ordenanza y prorrogue la fecha de vencimiento de
los pagos mensuales, de ser el caso;
Que, conforme lo señala el artículo 42º de la Ley Nº
27972, Ley Orgánica de las Municipalidades mediante
Decreto de Alcaldía se establecen normas reglamentarias
y de aplicación de las Ordenanzas que sancionan los
procedimientos necesarios para la correcta y ef‌i ciente
administración municipal que regulan asuntos de orden
general e interés para el vecindario;
Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único
Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto
Supremo Nº 135-99-EF, establece que el plazo para el
pago de la obligación tributaria podrá ser prorrogado con
carácter general, por la Administración Tributaria;
Que, es la política de la presente administración
brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades
para el cumplimiento de sus obligaciones sustanciales y
formales de naturaleza tributaria;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 20º
de Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, se
sanciona la siguiente:
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR el Cronograma de
Vencimientos de arbitrios municipales correspondientes
al ejercicio 2008, de la siguiente manera:
- Enero, Febrero : 29 de febrero de 2008
- Marzo, Abril, Mayo : 30 de mayo de 2008
- Junio, Julio, Agosto : 29 de agosto de 2008
- Setiembre, Octubre,
Noviembre y Diciembre : 28 de noviembre de 2008
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de
la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia
de Administración Tributaria, Gerencia de Sistemas y
Gerencia de Administración y Finanzas.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publique y cumpla.
E. ANTONIO MEIER CRESCI
Alcalde
156629-2
MUNICIPALIDAD DE
SURQUILLO
Aprueban acumulación de lotes
ubicados en el distrito
RESOLUCIÓN DE GERENCIA
Nº 070-07-GODU/MDS
Surquillo, 28 de noviembre del 2007
EL GERENTE DE OBRAS Y DESARROLLO
URBANO DE LA MUNCIPALIDAD DE SURQUILLO:
Visto, el Expediente Nº 102707-07 organizado por
CONSTRUCTORA TOSCANA S.A.C., quien solicita la
Acumulación de Dos Lotes en una Unidad Predial.
CONSIDERANDO:
Que, los dos Lotes signado como Lote 1 de 288.00
m2, ubicado en calle Francisco Mostajo Nº 162, Lote 2 de
345.60 m2, Urb. Barrio Médico, Jurisdicción Distrital de
Surquillo; provincia y departamento de Lima, es materia
del presente procedimiento.
Que, con el Informe aprobatorio de la Subgerencia
de Catastro y Habilitaciones Urbanas Nº 004-07/SCHU/
GODU del 13/11/2007 en concordancia con el Reglamento
Nacional de Construcciones; y cancelado los derechos por
el concepto de ACUMULACIÓN DE LOTES con el Recibo
Nº 921996 de fecha 11/10/2007 pagado en la Tesorería de
la Municipalidad.
Que, el recurrente ha cumplido con presentar los
requisitos exigidos por el TUPA aprobado por la Ordenanza
Nº 084/MDS; acompañando las Partidas Regístrales Nº
41808977, 41933100 del 22/05/2007, respectivamente; y
los tres juegos de planos de Localización y Ubicación (U-
1) y de Acumulación de Lotes (L-01), que obran en autos.
Conforme a las atribuciones determinadas por el
Reglamento Nacional de Construcciones; la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972; y demás normas vigentes
sobre la materia.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la ACUMULACION de
los Lotes: Lote 1 de 288.00 m2, ubicado calle Francisco
Mostajo Nº 154 – 150, Lote 2 de 345.60 m2 , ubicado en la

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