RESOLUCION Nº 065-10-GDU/MDS - Aprueban acumulación de lotes ubicados en el distrito

Fecha de disposición03 Diciembre 2010
Fecha de publicación03 Diciembre 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 3 de diciembre de 2010 430345
Condónese el 80% de los gastos y costas procesales,
derivado de la tramitación de los procedimientos de
cobranza coactiva correspondientes a obligaciones
tributarias y no tributarias.
Artículo 3º.- VIGENCIA
El benef‌i cio rige del 01 al 18 de diciembre del 2010;
vencido el plazo de vigencia, la administración procederá
a cobrar el íntegro de la deuda tributaria y no tributaria
reajustada a la fecha de pago, así como los gastos y
costas procesales por procedimientos coactivos, de ser
el caso, además de las sanciones que se deriven por el
incumplimiento de la obligación formal del contribuyente en
el caso de obligaciones tributarias y no tributarias.
Artículo 4º.- DESISTIMIENTO Y RECONOCIMIENTO
DE LA DEUDA
El pago de las deudas señaladas en la presente ordenanza,
implica el reconocimiento expreso de la obligación, luego,
el deudor no podrá presentar reclamos futuros, respecto
de ellas; y, el desistimiento automático de la reclamación,
reconsideración o apelación, según sea el tipo de obligación,
que pudiera existir respecto de ellas.
Artículo 5º.- SISTEMA DE PAGO
Los contribuyentes que se acojan al benef‌i cio, sólo
podrán regularizar sus deudas pagando al contado la
obligación pendiente, por orden de antigüedad.
Los convenios de fraccionamiento celebrados
al 30 de noviembre del 2010, podrán desistirse
para cancelar el saldo total de la deuda materia de
fraccionamiento con los benef‌i cios establecidos en la
presente ordenanza, inclusive los intereses propios del
fraccionamiento, previa presentación de la Declaración
Jurada de desistimiento.
Artículo 6º.- PAGO EFECTUADO
No serán objeto de devolución, los pagos que se hubieran
realizado al contado o en forma fraccionada, de las obligaciones
más los intereses, moras o sanciones correspondientes, con
anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza.
Artículo 7º.- QUIEBRE DE VALORES Y SUSPENSION
DEL PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA.
La regularización de la deuda tributaria bajo los alcances
de la presente ordenanza, dará lugar a dejar sin efecto los
valores emitidos a la fecha por los conceptos regularizados y
a la suspensión de los procedimientos de cobranza coactiva
que se sigan al respecto, siempre y cuando se haya realizado
el pago total de la deuda.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Encargar a la Gerencia de Rentas y
Administración Tributaria, a la Ejecutoria Coactiva, a la
Gerencia de Imagen Institucional y a las Subgerencias
de Informática y Tesorería, el cumplimiento de la presente
norma.
Segunda.- Facúltese al alcalde para que
mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones
complementarias necesarias para la adecuada aplicación
de la presente ordenanza, así como también para
establecer la prórroga de la misma, de ser el caso.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
SALVADOR HERESI CHICOMA
Alcalde
573585-1
MUNICIPALIDAD DE
SURQUILLO
Aprueban acumulación de lotes
ubicados en el distrito
RESOLUCIÓN DE GERENCIA
Nº 065-10-GDU/MDS
Surquillo, 26 de octubre de 2010
EL GERENTE DE DESARROLLO URBANO
DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Visto, el Expediente Nº 127071-10; promovido
por ROGER STEPHANE WILLAERTS y su cónyugue
MARIA CECILIA CRISTINA BOHORQUEZ VERGARA
quienes solicitan la Acumulación de Lotes; ubicados en
el Jr. Contralmirante Montero Nº 1047-1051-1053 y el Jr.
Contralmirante Montero Nº 1055-1057.
CONSIDERANDO:
Que, el Lote ubicado con frente al Jr. Contralmirante
Montero Nº 1047-1051-1053 con un área de 360.00 m2, y
el Lote ubicado con frente al Jr. Contralmirante Montero Nº
1055-1057 con un área de 280.00 m2, Parte de la Manzana
165, Urbanización del Fundo Surquillo; Jurisdicción
Distrital de Surquillo; Provincia y Departamento de Lima,
es materia del presente procedimiento.
Que, con el Informe aprobatorio de la Sub Gerencia de
Obras Privadas y Catastro Nº 383-10/SGOPC/GDU del
21/10/2010 en concordancia con el Reglamento Nacional
de Edif‌i caciones; y cancelado los derechos por el concepto
de ACUMULACIÓN DE LOTES con el Recibo Nº 916022 de
fecha 20/09/2010 pagado en la Tesorería de la Municipalidad.
Que, los recurrentes han cumplido con presentar
los requisitos exigidos por el TUPA aprobado por la
Ordenanza Nº 084/MDS; acompañando las Partidas
Registrales Nº 47115612, 12216833, respectivamente; y
los tres juegos de planos de Acumulación Localización-
Ubicación y Lotización Matriz, que obran en autos.
Conforme a las atribuciones determinadas por el
Reglamento Nacional de Edif‌i caciones; la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972; y demás normas vigentes
sobre la materia.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la ACUMULACIÓN de el
Lote Ubicado; en el Jr. Contralmirante Montero Nº 1047
-1051-1053 con un área de 360.00 m2, y el Lote Ubicado;
en el Jr. Contralmirante Montero Nº 1055-1057 con un
área de 280.00 m2, del Distrito de Surquillo de la Provincia
y Departamento de Lima.
Artículo Segundo.- Acorde con los Planos de
Localización-Ubicación, Lotización Matriz y Acumulación
resultante, se aprueba la Acumulación presentada cuya área
ACUMULADA y/o Lote Matriz merced del Lote Ubicado en
el Jr. Contralmirante Montero Nº 1047-1051-1053 y el Lote
Ubicado Jr. Contralmirante Montero Nº 1055-1057 con los
linderos y medidas perimétricas siguientes:
LOTE UBICADO EN EL JR. CONTRALMIRANTE
Nº 1047-1051-1053:
Zonif‌i cación: CV (COMERCIO VECINAL):
ÁREA DEL LOTE: 360.00 M2
Por el frente Con 9.00 metros lineales, colinda
con el Jr. Contralmirante Montero
Por la derecha Con 40.00 metros lineales, colin-
dante con la Propiedad ubicado
en Jr. Contralmirante Montero Nº
1055-1057 .
Por la izquierda Con 40.00 metros lineales, colin-
dante con Propiedad de Terceros.
Por el fondo Con 9,00 metros lineales, colindan-
te con Propiedad de Terceros
LOTE UBICADO EN EL JR. CONTRALMIRANTE
Nº 1055-1057:
Zonif‌i cación: CV (COMERCIO VECINAL) :
ÁREA DEL LOTE : 280.00 M2
Por el frente Con 7.00 metros lineales; colinda con el
Jr. Contralmirante Montero .
Por la derecha Con 40.00 metros lineales; colindante
con Propiedad de Terceros.

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