RESOLUCION N° 001-2012-SINEACE/P - Oficializan la Acreditación del Instituto Pedagógico Nacional Monterrico, otorgada mediante Acuerdo N° 673-2011-CONEACES

Fecha de disposición04 Febrero 2012
Fecha de publicación04 Febrero 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 4 de febrero de 2012 460361
con una función relevante, cuya administración requiere
independencia a f‌i n de garantizar su operatividad y b)
Cobertura del servicio, cuando se constituye por la magnitud
de la cobertura del servicio público que presta la entidad;
asimismo, para la creación de unidades ejecutoras, la
entidad debe contar con los recursos necesarios humanos y
materiales para su implementación, no pudiendo demandar
recursos adicionales a nivel de pliego presupuestario y
cumplir con los demás criterios y requisitos que establezca
la Dirección General de Presupuesto Público;
Que, mediante Of‌i cio Nº 060-2012-EF/10.01, el
Ministerio de Economía y Finanzas, remitió el Informe
Nº 009-2012-EF/50.06 de la Dirección General de
Presupuesto Público, en el cual se señala que resulta
viable la creación de la Unidad Ejecutora “Of‌i cina de Becas
y Crédito Educativo”, al haberse verif‌i cado el cumplimiento
de los requisitos y criterios suf‌i cientes establecidos en la
normatividad presupuestaria;
Que, mediante Memorando Nº 009-2012-EF/50.03,
la Dirección General de Presupuesto Público, comunica
que se ha incorporado la Unidad Ejecutora 117: Of‌i cina de
Becas y Crédito Educativo en el Pliego 010: Ministerio de
Educación, la misma que se f‌i nanciará con los recursos
provenientes de las Fuentes de Financiamiento Recursos
Ordinarios, Recursos Directamente Recaudados y
Donaciones y Transferencias;
Que, mediante el Informe Nº 031-2012-ME/SPE-UP
la Unidad de Presupuesto de la Secretaría Planif‌i cación
Estratégica del Ministerio de Educación, recomienda
aprobar la creación de la Unidad Ejecutora 117: Of‌i cina de
Becas y Crédito Educativo en el Pliego 010: Ministerio de
Educación;
De conformidad con los establecido en la Ley Nº 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto
Ley Nº 25762 – Ley Orgánica del Ministerio de Educación
y sus modif‌i catorias y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED
que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Educación y sus modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Formalizar la creación de la Unidad
Ejecutora 117: Of‌i cina de Becas y Crédito Educativo, en el
Pliego 010: Ministerio de Educación.
Artículo 2.- Designar al Jefe de la Of‌i cina de Becas
y Crédito Educativo, como funcionario responsable de la
Unidad Ejecutora creada en el artículo precedente, quien
tiene las facultades y responsabilidades establecidas en
los artículos 2, 3 y 4 de la Resolución Ministerial Nº 0023-
2012-ED.
Artículo 3.- El Jefe de la Of‌i cina General de
Administración, el Jefe de la Of‌i cina de Planif‌i cación
Estratégica y Medición de la Calidad Educativa y el Jefe
de la Unidad de Presupuesto del Pliego 010: Ministerio
de Educación, brindarán apoyo a la Of‌i cina de Becas y
Crédito Educativo para la implementación y puesta en
operación de la Unidad Ejecutora creada en el artículo 1
de la presente Resolución, en el ámbito de sus respectivas
competencias.
Artículo 4.- Remitir copia de la presente Resolución a
la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio
de Economía y Finanzas, dentro de los cinco (05) días
siguientes a su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA SALAS O’BRIEN
Ministra de Educación
749789-1
Oficializan la Acreditación del Instituto
Pedagógico Nacional Monterrico,
otorgada mediante Acuerdo Nº 673-
2011-CONEACES
RESOLUCIÓN Nº 001-2012-SINEACE/P
Lima, 31 de enero de 2012
VISTO:
El Of‌i cio Nº 010-2012-CONEACES-P de 10 de enero
del 2012, que remite el Consejo de Evaluación, Acreditación
y Certif‌i cación de la Calidad de la Educación Superior No
Universitaria.
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28740, a través de su artículo 5º
establece como f‌i nalidad del Sistema Nacional de
Evaluación, Acreditación y Certif‌i cación de la Calidad
Educativa (SINEACE), el garantizar a la sociedad que las
instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio
de calidad, con el propósito de optimizar los factores
que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de
las destrezas y competencias necesarias para alcanzar
mejores niveles de calif‌i cación profesional y desarrollo
laboral;
Que, de conformidad con establecido en el artículo
15º1 y 16º, inciso c), de la Ley Nº 28044 “Ley General de
Educación”, los artículos 11º, incisos c), 15º, inciso b, y
18º, último párrafo, de la Ley Nº 28740, y lo dispuesto
en el artículo 41º del Reglamento de la citada Ley Nº
28740, del SINEACE, aprobado con el Decreto Supremo
Nº 018-2007-ED, es función y atribución del Consejo de
Evaluación, Acreditación y Certif‌i cación de la Calidad de
la Educación Superior No Universitaria (CONEACES),
en su condición de órgano operador del SINEACE, el
acreditar periódicamente la calidad de las instituciones
educativas en el ámbito de la educación superior no
universitaria;
Que, en concordancia con las funciones y
atribuciones citadas, los artículos 7º al 15º el citado
Reglamento de la Ley del SINEACE, establecen que
la Acreditación es un proceso, obligatorio para las
instituciones que forman docentes, que culmina con el
reconocimiento formal de la calidad demostrada por la
institución educativa, otorgado por el Estado a través del
órgano operador correspondiente del SINEACE, según
el informe de evaluación externa emitido por la Entidad
Evaluadora, debidamente autorizada, que de acuerdo
al procedimiento establecido, verif‌i có el cumplimiento
de los estándares, criterios e indicadores de evaluación
normados previamente por el SINEACE;
Que, mediante el Acuerdo Nº 673-2011-CONEACES,
sancionado en su Sesión Nº 173-2011-CONEACES de
27 de diciembre del 2011, el Directorio del CONEACES
aprobó la Acreditación Institucional por el plazo de dos
(2) años, del Instituto Pedagógico Nacional Monterrico;
de conformidad con el informe de evaluación externa
presentado por International Zeta Consulting S.A.C.,
Entidad Evaluadora Externa con fines de Acreditación,
debidamente autorizada por el CONEACES;
Que, mediante Acuerdo Nº 038-2010-SINEACE,
de la Sesión Nº 022-2010 de 13 de octubre del 2010, el
Consejo Superior del SINEACE dispuso la ratif‌i cación de
los Acuerdos de Directorio de los órganos operadores, a
f‌i n de formalizarlos mediante resolución administrativa
de la Presidencia del SINEACE; a tal efecto, en todos los
casos, se estableció que se requiere contar con acuerdo
aprobatorio del Directorio del órgano operador; el informe
de la Secretaria Técnica y el acuerdo expreso del Consejo
Superior;
Que, con arreglo a las consideraciones establecidas en
su Acuerdo Nº 038-2010-SINEACE, el Consejo Superior del
SINEACE, en su Sesión Nº 31 de 23 de enero del 2012, a
través del Acuerdo Nº 045-2012-SINEACE, acordó ratif‌i car
el Acuerdo del Directorio del CONEACES Nº 673-2011-
CONEACES.
Que, en la Sesión Nº 25, Acuerdo Nº 007-2011, el
Consejo Superior del SINEACE eligió como su Presidenta a
la señora Peregrina Morgan Lora, Presidenta del Directorio
del IPEBA;
De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 28740,
del SINEACE y su Reglamento, aprobado con el Decreto
Supremo Nº 018 -2007-ED, la Ley Nº 28044, Ley General
de Educación, la Ley Nº 29158, del Poder Ejecutivo, y el
Acuerdo Nº 038-2010-SINEACE. Estando a lo opinado
en el Informe Nº 006-2012-SINEACE/ST.
1 Modif‌i cado con la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final
de la Ley Nº 28740 “Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y
Certif‌i cación de la Calidad Educativa”

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