195 1105-2006-MP-FN - Aclaran información referente a la acción penal a iniciarse contra ex magistrada por presunta comisión de delito contra la fe pública

Fecha de publicación15 Septiembre 2006
Fecha de disposición15 Septiembre 2006
NORMAS LEGALES
R
E
P
U
B
L
I
C
A
D
E
L
P
E
R
U
328194 El Peruano
viernes 15 de setiembre de 2006
la integridad y seguridad jurídica del Registro Único de
Identificación de la Personas Naturales, usurpando una
identidad que no les corresponde, comportamiento que
se encuentra previsto y sancionado en los artículos 428º
y 438º del Código Penal Vigente;
En atención a los considerandos precedentes y, estando
a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, resulta
necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los
asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil, para que interponga las acciones que
correspondan en defensa de los intereses del Estado y del
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; y,
De conformidad con los dispuesto en el Decreto Ley
Nº 17537 y la Ley Nº 26497;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público
encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional
de Identificación y Estado Civil, para que en
representación de los intereses del Estado interponga
las acciones legales que correspondan contra los
ciudadanos Richard POMA MAMANI y MARIA
MARGARITA IPARRAGUIRRE ROMERO, por el
presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de
Falsedad Ideológica y Genérica, en agravio del Estado y
del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
Artículo Segundo.- Remítase todo lo actuado al
Procurador Público encargado de los asuntos judiciales
del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil,
para los fines a que se contrae la presente Resolución
Jefatural.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
01946-11
MINISTERIO PÚBLICO
Aclaran información referente a la
acción penal a iniciarse contra ex
magistrada por presunta comisión de
delito contra la fe pública
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA
NACIÓN Nº 1105-2006-MP-FN
Lima, 13 de setiembre de 2006
VISTOS:
La Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 015-
2005-MP-FN, de fecha 5 de enero de 2005, el Oficio
Nº 194-2005-MP-FN/PP, de fecha 25 de enero de 2005,
el Oficio Nº 209-2005-MP-FN-GECRE-GETES, de fecha
19 de febrero de 2005, el Oficio Nº 1581-2006-MP-FN/
PP, de fecha 27 de junio de 2006 y el Oficio Nº -2006-
MP-FN-OAJ, de fecha de agosto de 2006; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la resolución de vistos, se autorizó al
señor Procurador Público a cargo de los asuntos
judiciales del Ministerio Público, para que en
representación y defensa de los intereses del Estado,
interponga las acciones judiciales a que hubiera lugar,
contra la doctora Juana Olinda Rojas Cruz, ex Fiscal
Adjunta Superior de la Fiscalía Superior Mixta del Distrito
Judicial de Huancavelica, al existir indicios razonables
de la comisión del Delito contra la Fé Pública por parte de
dicha ex Magistrada, conforme a los fundamentos
expuestos en la citada resolución;
Que, con Oficio Nº 194-2005-MP-FN/PP, de fecha 25
de enero de 2005, el referido Procurador puso en
conocimiento de la Fiscalía de la Nación que de iniciarse
la acción penal con la información mencionada en la
resolución podrían generarse dificultades en cuanto a la
reparación civil, pues en la autoritativa y los antecedentes
que sirvieron para su emisión no hay precisión alguna
en torno a los S/. 30.00 que vienen a ser la diferencia
entre el monto de S/. 208.00 que se considera como
responsabilidad económica y los S/. 178.00 que aparecen
en la Boleta de Venta Nº 004684 que se cuestiona;
Que, mediante Oficio Nº 209-2005-MP-FN-GECRE-
GETES, de fecha 19 de febrero de 2005, la Gerencia de
Tesorería emitió la aclaración respectiva sobre el
particular, indicando que mediante Hoja de Presupuesto
Nº 00482, se otorgó a la doctora Juana Olinda Rojas
Cruz la cantidad de S/. 248.00 por concepto de viáticos
y al haberse detectado indicios de adulteración en la
sustentación del gasto, solamente se le reconoció como
gasto la suma de S/. 40.00, sustentada con la Boleta de
Venta Nº 06128, por lo que al hacer la deducción de esta
cantidad con el importe otorgado inicialmente, se
determinó un saldo pendiente de S/. 208.00, que es el
correspondiente a la responsabilidad económica;
Que, con Oficio Nº 1581-2006-MP-FN/PP, de fecha 27
de junio de 2006, el mencionado Procurador señala que el
Oficio citado en considerando precedente explica de donde
proviene la suma de S/. 208.00, que se establece como
responsabilidad económica en la resolución autoritativa;
sin embargo, dicha cantidad sólo podría reclamarse en la
vía civil como resultado del adeudo, pero para la viabilidad
de la demanda no basta el señalado Oficio de la Gerencia
de Tesorería, toda vez que la responsabilidad económica
está sustentada en un hecho ilícito cuya certeza sólo es
determinable en sede penal, por lo que tratándose de una
acción de carácter penal, la denuncia sólo podría iniciarse
sobre el comprobante de pago presuntamente adulterado
que asciende a la suma de S/. 178.00;
Que, en consecuencia, resulta necesario emitir la
resolución aclaratoria correspondiente;
Contando con el visto de la Oficina de Asesoría
Jurídica;
En uso de las atribuciones conferidas en el artículo
64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del
Ministerio Público.
SE RESUELVE
Artículo Primero.- ACLARAR que la acción penal que
se encuentra facultado a interponer el señor Procurador
Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio
Público, autorizado mediante la Resolución de la Fiscalía
de la Nación Nº 015-2005-MP-FN, de fecha 5 de enero de
2005, se refiere a la Boleta de Venta Nº 004684 por el
monto de S/. 178.00 (Ciento Setentiocho y 00/100 Nuevos
Soles), conforme a los fundamentos expuestos en la parte
considerativa de la presente resolución.
Artículo Segundo.- REMITIR copia autenticada de
la presente resolución y los antecedentes respectivos al
señor Procurador Público a cargo de los asuntos
judiciales del Ministerio Público, para su conocimiento y
fines correspondientes.
Artículo Tercero.- REMITIR copia de la presente
resolución a la Gerencia General, al Órgano de Control
Institucional y a la Oficina de Asesoría Jurídica, para su
conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA
Fiscal de la Nación
02075-1
Autorizan a procurador iniciar acciones
judiciales contra ex Gerente General
por presunto perjuicio económico
ocasionado al Ministerio Público
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA
NACIÓN Nº 1106-2006-MP-FN
Lima, 13 de setiembre de 2006
VISTO:
El Oficio Nº 878-2006-MP-FN-GG, por el cual la
Gerencia General solicita se expida la correspondiente

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR