RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 0065-2020-MINAGRI-SENASA-DIAIA, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA - Aprueban el “Plan anual de monitoreo de residuos químicos y otros contaminantes en alimentos agropecuarios primarios y piensos para el año 2020”-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 0065-2020-MINAGRI-SENASA-DIAIA
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 3 de Agosto de 2020 |
Aprueban el “Plan anual de monitoreo de residuos químicos y otros contaminantes en alimentos agropecuarios primarios y piensos para el año 2020”
Resolución Directoral
Nº 0065-2020-MINAGRI-SENASA-DIAIA
31 de julio de 2020
VISTOS:
El INFORME-0010-2020-MINAGRI-SENASA-DIAIA-SIAG-PMOLINA, de fecha10 de julio de 2020, elaborado po r la Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria; el INFORME-0027- 2020-MINAGRI-SENASA-OPDI-MSALAZARR, de fecha 14 de julio de 2020, elaborado por la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 17 del Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, se creó el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA como organismo público descentralizado del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía técnica administrativa, económica y financiera;
Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1059, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, señala que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria es el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA;
Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1387, Decreto Legislativo que Fortalece las Competencias, las Funciones de Supervisión, Fiscalización y Sanción y, la Rectoría del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, se establecen disposiciones orientadas a prevenir y corregir conductas o actividades que representen riesgo para la vida, la salud de las personas y de los animales, y la preservación de los vegetales; así como para la inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario destinados al consumo humano y piensos, de producción nacional o extranjera;
Que, el artículo 16 de la Ley de Inocuidad de los Alimentos, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1062, indica lo siguiente: “El Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA es la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria y tiene competencia exclusiva en el aspecto técnico, normativo y de vigilancia en materia de inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario destinados al...
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