ORDENANZA, N° 000415-2020-MDI, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA - Ordenanza que aprueba las medidas de bioseguridad y control para prevenir el COVID-19 en el servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores en el distrito de Independencia-ORDENANZA-N° 000415-2020-MDI

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición30 de Junio de 2020

Ordenanza que aprueba las medidas de bioseguridad y control para prevenir el COVID-19 en el servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores en el distrito de Independencia

ORDENANZA N°000415-2020-MDI

Independencia, 30 de junio del 2020

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe N°000056-2020-GDT-MDI de la Gerencia de Desarrollo Territorial, el Memorando N° 000281-2020-GPPM-MDI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N°000231-2020-SGCF-GSCCF-MDI de la Subgerencia de Control y Fiscalización, el Informe N°000103-2020-SGS-GDHS-MDI de la Subgerencia de Salud, el Memorando N°001833-2020-GDHS-MDI de la Gerencia de Desarrollo Humano y Social y el Informe Legal N°000174-2020-GAJ-MDI de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, las municipalidades son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que es finalidad de los gobiernos locales representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

Que, el artículo 3° de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto; precisando en su artículo 18°, entre otros, que es competencia de las municipalidades distritales la regulación del servicio de transporte menor en moto-taxis y similares;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, se aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o No Motorizados, el mismo que regula en el numeral 3.2) del artículo 3° que las municipalidades distritales son competentes para autorizar, controlar y supervisar dicho servicio así como de aplicar las sanciones por infracción al presente reglamento y a las disposiciones complementarias que dicte en ejercicio de su función reguladora del servicio especial, concordante con lo dispuesto en su Cuarta Disposición Complementaria Final;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA y modificatoria, se declaró Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, y se dictaron medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19;

Que, mediante Decreto Supremo N° 075-2020-PCM, se prorroga el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020- PCM, ampliado temporalmente mediante los Decretos Supremos N° 051-2020-PCM y N° 064-2020-PCM; y precisado o modificado por los Decretos Supremos N° 045-2020-PCM, Nº 046-2020-PCM, N° 051-2020-PCM, N° 053-2020-PCM, N° 057-2020-PCM, N° 058-2020-PCM, N° 061-2020-PCM, N° 063-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 068-2020-PCM y N° 072-2020-PCM, N° 083-2020-PCM, N° 094-2020-PCM este último a partir del lunes 25 de mayo de 2020 hasta el martes 30 de junio de 2020;

Que, el mencionado Decreto Supremo N° 044-2020-PCM dispone en su artículo 11° establece que, durante la vigencia del estado de emergencia, los ministerios y las entidades públicas, en sus respectivos ámbitos de competencia, dictan las normas que sean necesarias para cumplir con lo dispuesto; y que los gobiernos locales contribuyen al cumplimiento de las medidas establecidas, en el marco de sus competencias;

Que, mediante Resolución Ministerial N°...

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