RESOLUCION ADMINISTRATIVA, N° 000214-2020-P-CSJLI-PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Dictan disposiciones para casos de impedimento, recusación, abstención, inhibición o discordia de uno o más Jueces Superiores de Salas Laborales Permanentes de la Corte Superior de Justicia de Lima y dejan sin efecto la Res. Adm. N° 182-2019-P-CSJLI/PJ-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-N° 000214-2020-P-CSJLI-PJ

Fecha de disposición08 Julio 2020
Fecha de publicación08 Julio 2020
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónSección Única

Dictan disposiciones para casos de impedimento, recusación, abstención, inhibición o discordia de uno o más Jueces Superiores de Salas Laborales Permanentes de la Corte Superior de Justicia de Lima y dejan sin efecto la Res. Adm. N° 182-2019-P-CSJLI/PJ

Presidencia de la Corte Superior

de Justicia de Lima

RESOLUCION ADMINISTRATIVA

N° 000214-2020-P-CSJLI-PJ

Lima, 5 de julio de 2020

VISTOS:

La Resolución Administrativa N.° 434-2019-CE-PJ de fecha 30 de octubre de 2019, la Resolución Administrativa N.° 501-2019-CE-PJ de fecha 18 de diciembre de 2019, la Resolución Administrativa N.° 182-2019-P-CSJLI/PJ de fecha 2 de abril de 2019, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Administrativa N.° 182-2019-P-CSJLI/PJ de vistos, la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia estableció disposiciones aplicables para los casos de impedimento, recusación, abstención, inhibición o discordia de uno o más Jueces Superiores de las Salas Laborales Permanentes de la Corte Superior de Justicia de Lima que conocen procesos de la Nueva Ley Procesal de Trabajo.

Que, mediante Resolución Administrativa N.° 434-2019-CE-PJ de vistos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso, entre otros, modificar a partir del 1 de marzo de 2020, la competencia funcional de la 2° Sala Laboral Permanente de Lima para que tramite con turno abierto procesos con la Nueva Ley Procesal de TrabajoLey N.° 29497, asimismo, se dispuso a partir del día siguiente de publicación de la citada resolución administrativa, abrir el turno a la Sala Laboral Transitoria para que tramite a exclusividad los procesos con la Ley N.° 26636.

Que, mediante Resolución Administrativa N.° 501-2019-CE-PJ de vistos el referido órgano de gestión institucional, resolvió entre otras disposiciones, renombrar a partir del 1 de febrero de 2020 a la Sala Laboral Transitoria de esta Corte Superior de Justicia, como 1° Sala Laboral Transitoria.

Que, en virtud del cambio de competencia funcional de la 2° Sala Laboral Permanente se requiere establecer las...

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