RESOLUCION SUPREMA, N° 141-2020-JUS, PODER EJECUTIVO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - Acceden a solicitud de traslado pasivo de ciudadano de nacionalidad colombiana, para que cumpla el resto de su condena en un centro penitenciario de la República de Colombia-RESOLUCION SUPREMA-N° 141-2020-JUS

Fecha de publicación29 Mayo 2020
Fecha de disposición28 Mayo 2020
MateriaDerecho Penal,Derecho Público y Administrativo

Acceden a solicitud de traslado pasivo de ciudadano de nacionalidad colombiana, para que cumpla el resto de su condena en un centro penitenciario de la República de Colombia

RESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 141-2020-JUS

Lima, 28 de mayo de 2020

VISTO; el Informe Nº 79-2020/COE-TPC, del 19 de mayo de 2020, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de traslado pasivo del ciudadano de nacionalidad colombiana ILBER MENESES ALARCÓN;

CONSIDERANDO:

Que, el ciudadano de nacionalidad colombiana ILBER MENESES ALARCÓN, quien se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Chiclayo, solicita ser trasladado a su país de origen para cumplir el resto de la condena impuesta por la Segunda Sala Especializada en lo Penal de Picsi de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, por la comisión del delito de tráfico ilícito de drogas agravado, en agravio del Estado peruano;

Que, conforme al inciso 2) del artículo 540 del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N° 957, corresponde al Poder Ejecutivo decidir la solicitud de traslado activo o pasivo de personas condenadas, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas;

Que, el literal d) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la referida Comisión propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos...

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