RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 0284-2020 MTC/01.02, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Aprueban listado de procedimientos de los proyectos de Asociación Público Privada (APP) en infraestructura de transportes que se encuentran en trámite en el Ministerio, considerados en la Fase 1 de la Reanudación de Actividades aprobada por el D.S. N° 080-2020-PCM, cuya tramitación no se encuentra sujeta a suspensión de plazos-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 0284-2020 MTC/01.02
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 26 de Mayo de 2020 |
Aprueban listado de procedimientos de los proyectos de Asociación Público Privada (APP) en infraestructura de transportes que se encuentran en trámite en el Ministerio, considerados en la Fase 1 de la Reanudación de Actividades aprobada por el D.S. N° 080-2020-PCM, cuya tramitación no se encuentra sujeta a suspensión de plazos
resolución ministerial
n° 0284-2020 MTC/01.02
Lima, 26 de mayo de 2020
VISTOS: El Memorándum N° 2166-2020-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes y el Informe N° 0707-2020-MTC/19.02 de la Dirección de Inversión Privada en Transportes;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que el Ministerio ejerce competencia de manera exclusiva en las materias de aeronáutica civil, infraestructura y servicios de transportes de alcance nacional e internacional, y en infraestructura y servicios de comunicaciones; asimismo, tiene como función rectora dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución, supervisión y evaluación de las políticas de su competencias;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, dictándose medidas de prevención y control del COVID-19;
Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, sus precisiones y modificaciones, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; y mediante los Decretos Supremos N° 051-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 075-2020-PCM, 083-2020-PCM y N° 094-2020-PCM, se ha prorrogado el Estado de Emergencia Nacional hasta el 30 de junio de 2020;
Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 029-2020, se establece medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, que promuevan el financiamiento de las micro y pequeñas empresas (MYPE), que se vean afectadas por el contexto internacional y local adverso, producto de la propagación del COVID-19 en el territorio nacional;
Que, el artículo 28 del Decreto de Urgencia N° 029-2020, declaró la suspensión por treinta (30) días hábiles, contados a...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba