RESOLUCION, N° 1406-2020, ORGANOS AUTONOMOS, SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES - Fijan lineamientos para el cálculo de contribución mensual que deben pagar las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para los meses de junio, julio y agosto de 2020-RESOLUCION-N° 1406-2020

EmisorOrganos Autonomos
Fecha de la disposición25 de Mayo de 2020

Fijan lineamientos para el cálculo de contribución mensual que deben pagar las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para los meses de junio, julio y agosto de 2020

RESOLUCIÓN SBS N° 1406-2020

Lima, 25 de mayo de 2020

La Superintendenta de Banca, Seguros y

Administradoras Privadas de Fondos de

Pensiones

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 167-93-EF se han fijado los lineamientos generales para el cálculo de las contribuciones que, de conformidad con lo establecido por el artículo 59º del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones1, abonarán las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP por concepto de supervisión;

Que, de conformidad con el artículo 3º del referido Decreto Supremo, la base de aplicación de la contribución para efectos de lo señalado en el considerando precedente, será el promedio del valor del Fondo de los doce (12) meses anteriores, utilizando para este fin el valor del Fondo al último día de cada uno de los meses respectivos;

Con el visto bueno de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, la Superintendencia Adjunta de Administración General y de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, y en uso de las atribuciones conferidas en artículos 367, 373 y 374 de...

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