DECRETO DE ALCALDIA, N° 005-2020-MPL, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE - Prorrogan fecha para pago de cuotas del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales, así como plazo para acogerse a los beneficios concedidos mediante Ordenanza N° 559-MPL-DECRETO DE ALCALDIA-N° 005-2020-MPL

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición18 de Marzo de 2020

Pueblo Libre, 18 de marzo del 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

PUEBLO LIBRE

VISTO; el Memorando N° 135-2020-MPL-GM de fecha 18 de marzo del 2020 de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la indicada autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 39 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la ley mediante decretos de alcaldía y por resoluciones de alcaldía resuelve los asuntos administrativos a su cargo;

Que, el último párrafo del artículo 39 del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria;

Que, el artículo 29 del Código Tributario, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria;

Que, la Segunda Disposición Complementaria, Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 558-MPL, que establece el pago mínimo del Impuesto Predial y aprueba el cronograma de pago para el Impuesto Predial y Arbitrios 2020, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda modificar el calendario de pagos a que se refieren los artículos 2 y 3 de la referida Ordenanza;

Que, asimismo la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ordenanza Nº 559-MPL, que otorga el beneficio de pronto pago, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la precitada Ordenanza;

Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 003-2020-MPL, se prorroga la fecha para el pago de la cuota anual, primera cuota del Impuesto...

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