ORDENANZA, Nº 0020-2019-GORE-ICA, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE ICA - Aprueban Reglamento de Atención de Denuncias Ambientales del Gobierno Regional de Ica-ORDENANZA-Nº 0020-2019-GORE-ICA

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE ICA
Fecha de la disposición13 de Diciembre de 2019

Ica, 4 de diciembre de 2019

El Consejo Regional del Gobierno Regional de lca, en Sesión Extraordinaria del día jueves 21 de noviembre de 2019. Visto el Dictamen N° 003-2019/CRI-CARNYMA, emitido por la Comisión Agraria, Recursos Naturales y Medio Ambiente del Consejo Regional de lca; y demás actuados en el procedimiento, que aprueba el “REGLAMENTO DE ATENCION DE DENUNCIAS AMBIENTALES DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA”.

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado Peruano, en concordancia con el artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia constituyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal.

Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8º precisa; la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia.

Que, la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; en el literal a) artículo 15º señala: “Que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno...

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