RESOLUCION, Nº 0117-2019-APN-DIR, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL - Aprueban los montos de las Cartas Fianzas o Pólizas de Caución, que deben presentar las Agencias Marítimas, Fluviales, Lacustres, además de las Empresas o Cooperativas de Estiba y Desestiba, para el periodo 2020-RESOLUCION-Nº 0117-2019-APN-DIR

EmisorAUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL
Fecha de la disposición 4 de Noviembre de 2019

Callao, 4 de noviembre de 2019

VISTOS:

El Informe Ejecutivo No. 054-2019-APN/DOMA del 16 de octubre de 2019 de la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente, el Informe No. 0185-2019-APN-DIPLA-2019-APN-DIPLA de fecha 29 de octubre de 2019 de la Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos y el Informe Legal No. 0449-2019-APN-UAJ de fecha 22 de octubre de 2019 de la Unidad de Asesoria Jurídica de la Autoridad Portuaria Nacional;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 19 de la Ley del Sistema Portuario Nacional (en adelante LSPN) establece que la Autoridad Portuaria Nacional (APN) es un Organismo Técnico Especializado, encargado del Sistema Portuario Nacional adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio, y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera y facultad normativa por delegación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, el literal j) del artículo 24 de la LSPN establece que la APN tiene como atribución establecer las normas técnico- operativas para el desarrollo y la prestación de las actividades y los servicios portuarios acorde con los principios de transparencia y libre competencia;

Que, el artículo 1 del Decreto Supremo No. 016-2005-MTC que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la APN establece que los procedimientos indicados en el Decreto Supremo No. 010-99-MTC, con excepción de aquellos relativos a las Agencias Generales, son de competencia de la APN;

Que, el artículo 40 del Reglamento de Agencias Generales, Marítimas, Fluviales, Lacustres, Empresas y Cooperativas de Estiva y Desestiba aprobado por el Decreto Supremo No. 010-99-MTC, establece que cada año se evaluará el monto de las Cartas Fianzas o Pólizas de caución, teniendo en consideración, entre otros...

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