RESOLUCION, Nº 2813-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman resolución que declaró excluir a candidato a alcalde para la Municipalidad Distrital de Sinsicap, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad-RESOLUCION-Nº 2813-2018-JNE

Fecha de disposición17 Febrero 2019
Fecha de publicación17 Febrero 2019
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónSección Única

Expediente Nº ERM.2018033106

SINSICAP - OTUZCO - LA LIBERTAD

JEE TRUJILLO (ERM.2018027927)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, siete de setiembre de dos mil dieciocho

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Aldo Abad Román Rosas, personero legal titular de la organización política Fuerza Popular, en contra de la Resolución Nº 01368-2018-JEE-TRUJ/JNE, de fecha 28 de agosto de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Trujillo, que declaró excluir a Miguel Ángel Polo Reyes como candidato a alcalde para la Municipalidad Distrital de Sinsicap, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales de 2018; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

Mediante la Resolución Nº 0822-2018-JEE-TRUJ/JNE, de fecha 23 de julio de 2018, el Jurado Electoral Especial de Trujillo (en adelante, JEE), en su artículo primero resolvió inscribir y publicar la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Sinsicap, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad, presentada por la organización política Fuerza Popular, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales de 2018.

Con el escrito Nº 3 de fecha 6 de julio de 2018, el personero legal de la citada organización política, solicitó se proceda con la anotación marginal en la declaración de la hoja de vida del candidato (en adelante, DJHVC) de Miguel Ángel Polo Reyes candidato a alcalde para el Concejo Distrital Sinsicap, en vista de haberse incurrido en un error material de digitación, al no haberse consignado en el rubro VII (Relación de sentencias que declaren fundadas las demandas interpuestas contra los candidatos (as) por incumplimiento de obligaciones alimentarias, contractuales, laborales o por incurrir en violencia familiar, que hubieren quedado firme), en vista de contar con procesos judiciales vigentes.

Al respecto el JEE emitió la Resolución Nº 01041-2018-JEE-TRUJ/JNE de fecha 31 de julio de 2018, resolviéndose que se agregue al expediente el escrito de fecha 6 de julio de 2018 y que corre traslado a la Fiscalizadora de Hoja de Vida del JEE, para que emita el informe correspondiente.

Mediante el Informe Nº 027-2018-MPGC-FHV-JEE-TRUJ/JNE de fecha 17 de agosto de 2018, la Fiscalizadora de Hoja de Vida, informa que en la en adelante DJHVC de Miguel Ángel Polo Reyes, candidato a la alcaldía de la Municipalidad Distrital de Sinsicap, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad, habría declarado información falsa en el rubro VII (Relación de sentencias que declaren fundadas las demandas interpuestas contra los candidatos (as) por incumplimiento de obligaciones familiares o alimentarias, contractuales, laborales o por incurrir en violencia familiar, que hubieran quedado firmes); en vista que si tiene seis (6) demandas que han sido declaradas fundadas.

Mediante Resolución Nº 01368-2018-JEE-TRUJ/JNE, de fecha 28 de agosto de 2018, el JEE resolvió excluir a Miguel Ángel Polo Reyes, candidato a la alcaldía de la Municipalidad Distrital de Sinsicap, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad, por la organización política Fuerza Popular, argumentando lo siguiente:

  1. Que, el referido candidato no declaró en su Formato Único de la Declaración Jurada de Vida del Candidato (FUDJHV), las seis (6) sentencias emitidas por diferentes Juzgados de Paz Letrado, tal como se detalla a continuación:

- 00525-2016-0-1601-JP-LA-07 7mo JUZGADO DE PAZ LETRADO

- 06032-2015-0-1601-JP-LA-04 4to JUZGADO DE PAZ LETRADO

- 00429-2011-0-1601-JP-LA-02 1er JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL

TRANSITORIO Artículo Único

- 01438-2011-0-1601-JP-LA-07 7mo JUZGADO DE PAZ LETRADO

- 00650-2012-0-1601-JP-LA-04 4to JUZGADO DE PAZ LETRADO

- 04557-2014-0-1601-JP-CI-05 5to JUZGADO DE PAZ LETRADO

  1. En ese sentido, del...

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