ACUERDO, Nº 191-2018-CR/GRL, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE LIMA - Aprueban transferencia financiera a fin de realizar el Proceso de Convocatoria para la contratación de sociedades de auditoría encargadas de labores de control posterior externo del pliego Gobierno Regional del Departamento de Lima de los periodos 2018-2019-ACUERDO-Nº 191-2018-CR/GRL

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE LIMA
Fecha de la disposición18 de Octubre de 2018

Huacho, 18 de octubre del 2018

VISTO: La Carta Nº 0041-2018-GRUPRES, del Sr. Nelson Chui Mejía, Gobernador Regional de Lima, quien solicita que se apruebe mediante Acuerdo de Consejo Regional la Transferencia Financiera solicitada por la Contraloría General de la Republica;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias efectuadas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, Ley Nº 28607 y Ley Nº 30305, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal;

Que, el Artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas;

Que, el Artículo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, el Artículo 22º inciso “k” del Reglamento Interno del Consejo Regional de Lima, aprobado por Ordenanza Regional Nº 026-2015-CR/RL, señala que son atribuciones del Pleno del Consejo Regional, autorizar la trasferencia de los bienes muebles e inmuebles del Gobierno Regional de Lima;

Que, el Art. 20 de la Ley 27785 “Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República”, modificado por el Art. 3 de la ley 30742 “Ley de...

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