RESOLUCION MINISTERIAL, N° 314-2018-VIVIENDA, PODER EJECUTIVO, VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO - Autorizan Transferencias Financieras del Programa Nacional de Saneamiento Urbano a favor de las EPS SEMAPACH S.A. y EPS SEDAJULIACA S.A. para el financiamiento de la ejecución de medidas de inversión del Programa de Medidas de Rápido Impacto II-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 314-2018-VIVIENDA

Fecha de disposición12 Septiembre 2018
Fecha de publicación13 Septiembre 2018
MateriaDerecho Público y Administrativo

Autorizan Transferencias Financieras del Programa Nacional de Saneamiento Urbano a favor de las EPS SEMAPACH S.A. y EPS SEDAJULIACA S.A. para el financiamiento de la ejecución de medidas de inversión del Programa de Medidas de Rápido Impacto II

RESOLUCIóN MINISTERIAL

Nº 314-2018-VIVIENDA

Lima, 12 de setiembre del 2018

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante la Resolución Ministerial Nº 488-2017-VIVIENDA, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 5 189 550 098,00 (Cinco Mil Ciento Ochenta y Nueve Millones Quinientos Cincuenta Mil Noventa y Ocho con 00/100 Soles), por toda Fuente de Financiamiento;

Que, con fecha 10 de febrero de 2010, el Ministerio de Economía y Finanzas -MEF, declaró viable el Programa con código PROG-034-2008-SNIP “Programa de Medidas de Rápido Impacto II”, compuesto por los proyectos individuales de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento - EPS: Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado “Virgen de Guadalupe del Sur” (EMAPAVIGS S.A.C), Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Barranca S.A. (SEMAPA BARRANCA S.A.), Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha S.A. (SEMAPACH S.A.), y Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Juliaca S.A (SEDAJULIACA S.A.), mediante el cual se aprobó la asignación y se acordó que el citado Programa servirá para el mejoramiento del abastecimiento de agua potable en las ciudades comprendidas en el área de influencia del programa, para lograr el mejoramiento de la sostenibilidad financiera de las EPS señaladas;

Que, con fecha 29 de diciembre de 2010, se suscribió el Contrato de Aporte Financiero, entre la Agencia Gubernamental de Cooperación Internacional Kreditanstalt Fur Wiederaufbau – KFW y la República del Perú, representada por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el cual en su numeral 1.1 del artículo 1, el KFW concede al Ministerio de Economía y Finanzas un aporte financiero de hasta EUR 700 000,00 (Setecientos Mil con 00/100 Euros), destinado exclusivamente para el Programa de Medidas de Rápido Impacto II (PMRI II); además, en el numeral 1.2 de su artículo 1, se señala que el aporte financiero, financiará la adquisición e implementación de hardware y software y servicios de consultoría de apoyo a la Unidad Coordinadora (UCP) a las EPS participantes del Programa;

Que, con fecha 20 de diciembre de 2012...

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