ORDENANZA, Nº 482-MDA, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE ATE - Ordenanza que aprueba el reconocimiento de planos de trazado y lotización para la obtención de los servicios básicos de las organizaciones sociales que se encuentran incorporadas y en ejecución de los esquemas de las empresas de servicios públicos-ORDENANZA-Nº 482-MDA

EmisorMUNICIPALIDAD DE ATE
Fecha de la disposición13 de Septiembre de 2018

Ordenanza que aprueba el reconocimiento de planos de trazado y lotización para la obtención de los servicios básicos de las organizaciones sociales que se encuentran incorporadas y en ejecución de los esquemas de las empresas de servicios públicos

ORDENANZA Nº 482-MDA

Ate, 6 de setiembre del 2018

POR CUANTO:

El Concejo Municipal del distrito de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 06 de Setiembre del 2018, Presidida por el Teniente Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ate, Dr. Erasmo Lázaro Bendezu Ore; visto el Dictamen Nº 019-2018-MDA/CDUIP de la Comisión de Desarrollo Urbano e Infraestructura Pública; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Política del Perú en su Artículo 194º, se reconoce a las Municipalidades como órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 2º, numeral 22, establece que: “toda persona tienen derecho a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso; así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida; esto es, que todo ser humano tiene derecho a la vivienda y servicios básicos de agua potable y electrificación, a vivir dignamente, con un sentido de seguridad y a trabajar así por un futuro mejor”.

Que, de conformidad con la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades, se señala en su Artículo I del Título Preliminar que, los Gobiernos Locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del Gobierno Local: el Territorio, la Población y la Organización; asimismo, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines;

Que, conforme lo establece el numeral 3) del Artículo 79º de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades; las Municipalidades Distritales, en materia de organización del espacio físico y uso de suelo, ejercen funciones específicas exclusivas para: 3.1. Aprobar el plan urbano o rural distrital, según corresponda, con sujeción al plan y a las normas municipales provinciales sobre la materia; así como 3.5. Reconocer los Asentamientos Humanos y promover su desarrollo y formalización;

Que, con la finalidad de facilitar el acceso a los servicios básicos en los Asentamientos Humanos y otras Organizaciones de Vivienda, la Municipalidad Distrital de Ate incorporó procedimientos administrativos de Visación de Planos, para permitir el acceso a los proyectos de servicios básicos promovidos por el Gobierno Nacional al amparo de las diferentes normativas que facilitaba el desarrollo y la formalización para el acceso al suelo y la dotación de los servicios básicos;

Que, durante muchos años la Municipalidad Distrital de Ate, ha atendido las demandas de las diferentes Organizaciones Sociales de Vivienda para obtener los servicios básicos y con ello mejorar la calidad de vida de las familias que las conforman; habiendo aprobado la Ordenanza Nº 341-MDA por la que se normaba el procedimiento para el otorgamiento del Reconocimiento de Planos de Trazado y Lotización para Asentamientos Humanos, así como su modificatoria la Ordenanza Nº 375-MDA y Ordenanza Nº 417-MDA, que a la fecha ya no se encuentran vigentes;

Que, el Gobierno Nacional viene ejecutando programas para la instalación de servicios básicos en diferentes lugares del distrito de Ate, incorporando a diferentes Organizaciones Sociales de Vivienda y Asentamientos Humanos Informales, con la finalidad de dotar del servicio de agua potable, alcantarillado y energía eléctrica a las diferentes familias asentadas con anterioridad en suelo no formalizado, precisando que a la fecha se vienen desarrollando trabajos para concretar la infraestructura y los contratos que derivan de la instalación de los servicios básicos;

Que, mediante Informe Nº 161-2018-MDA/GDSC, la Gerencia de Desarrollo Social y Cultural señala que siendo la política de ésta gestión, apostar por el fortalecimiento de las organizaciones, como requisito indispensable para la implementación de una verdadera democracia participativa en el distrito como es el reconocimiento, registro y acreditación del Consejo Directivo de las juntas vecinales y siendo en el presente proyecto de Ordenanza el objetivo de que las organizaciones sociales puedan tener la oportunidad de acogerse a esta norma y regularizar el trámite respectivo para obtener la resolución de reconocimiento de Planos de Trazado y Lotización de acuerdo a las disposiciones correspondientes y al procedimiento administrativo señalado para la instalación de servicios básicos y así acceder a una mejor calidad de vida, emite opinión favorable, ya que se encuentra conforme a las disposiciones legales;

Que, mediante Informe Nº 193-2018/MDA-GDE/SGGRD, la Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres efectúa determinadas recomendaciones y por Informe Nº 231-2018/MDA-GDE/SGGRD, señala que desde el punto de vista en Gestión del Riesgo de Desastres y de acuerdo a la participación de dicha Sub Gerencia, opina favorablemente por la emisión del presente instrumento de gestión, señalando que permitirá dar sostenimiento técnico para la emisión del acto administrativo respectivo, con el objetivo de llevar a cabo el reconocimiento de planos de trazado y lotización sólo para Asentamientos Humanos y Urbanizaciones Populares;

Que, mediante Informe Nº 254-2018-MDA/GGA/SGAVCA, la Sub Gerencia de Áreas Verdes y Control Ambiental señala que luego de la evaluación realizada por el...

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