RESOLUCION, Nº 153-2018-CD/OSIPTEL, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES - Aprueban Mandato de Compartición de Infraestructura entre Azteca Comunicaciones Perú S.A.C. y Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A.-RESOLUCION-Nº 153-2018-CD/OSIPTEL

Fecha de publicación16 Julio 2018
Fecha de disposición16 Julio 2018
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Derecho Público y Administrativo

Aprueban Mandato de Compartición de Infraestructura entre Azteca Comunicaciones Perú S.A.C. y Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A.

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

Nº 153 -2018-CD/OSIPTEL

Lima, 5 de julio de 2018

MATERIA : Mandato de Compartición de Infraestructura
ADMINISTRADOS : Azteca Comunicaciones Perú S.A.C. y Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A.
EXPEDIENTE N° : 00015-2017-CD-GPRC/MC

VISTOS:

(i) La solicitud formulada por la empresa Azteca Comunicaciones Perú S.A.C. (en adelante, AZTECA PERÚ), mediante comunicación recibida el 29 de diciembre de 2017, para que el OSIPTEL emita un Mandato de Compartición de Infraestructura con la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A. (en adelante, ENOSA), que modifique el contrato de compartición de infraestructura suscrito entre ambas partes el 18 de mayo de 2015; y,

(ii) El Informe N° 00147-GPRC/2018 de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia, presentado por la Gerencia General, mediante el cual se recomienda dictar el Mandato de Compartición; y con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos, Ley Nº 27332, modificada por las Leyes Nº 27631, Nº 28337 y Nº 28964, establece que el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) ejerce, entre otras, la función normativa que comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materias de su competencia, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios;

Que, el artículo 3, numeral ii), de la Ley Nº 29904, Ley de Promoción de la Banda Ancha y...

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