RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 0124-2018-MINAGRI, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA - Otorgan plazo extraordinario al Proyecto Especial CHINECAS para ejecutar inspecciones a que se refiere el Reglamento para la Venta de Terrenos en el Ámbito de los Proyectos Especiales Hidroenergéticos y/o de Irrigación-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 0124-2018-MINAGRI

EmisorAGRICULTURA
Fecha de la disposición19 de Marzo de 2018

Lima, 19 de marzo de 2018

VISTO:

El Oficio N° 044-2018-GRA-PECHINECAS/G.G, del Gerente General del Proyecto Especial CHINECAS, sobre ampliación de plazo para la realización de inspecciones oculares en los procedimientos derivados de la aplicación de la Ley N° 28042, ampliada por la Ley N° 28841; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 28042, Ley que Amplía los Alcances de la Ley N° 27887, modificada por la Ley N° 28841, facultó a los Proyectos Especiales Hidroenergéticos y de Irrigación para que procedan a adjudicar de manera directa en lotes no mayores a cinco hectáreas, las tierras eriazas y habilitadas de su propiedad que al 28 de julio de 2001 hayan estado en posesión, continua, pacífica y pública por un plazo mínimo de un año, de agricultores con fines agropecuarios, en las que se haya realizado de manera permanente actividades agropecuarias;

Que, el artículo 30 del Reglamento para la Venta de Terrenos en el Ámbito de los Proyectos Especiales Hidroenergéticos y/o de Irrigación – Leyes 27887 y 28042, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-VIVIENDA, establece que presentada la solicitud, la Comisión de Adjudicación señalada en el artículo 8 de ese Reglamento realiza una inspección ocular en el terreno, en el día y hora que determina, con el objeto de constatarse la actividad agropecuaria a la que está dedicado el terreno, así como la posesión pacífica y pública del solicitante, disponiéndose en el artículo 32 que la inspección ocular se realiza dentro del plazo de sesenta (60) días calendario, contados desde el vencimiento del plazo de presentación de solicitudes de adjudicación;

Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 009-2014-MINAGRI, se estableció el plazo extraordinario máximo de ciento ochenta (180) días hábiles, contados desde la vigencia de dicho Decreto Supremo, para que las Comisiones de Adjudicación de los Proyectos Especiales Hidroenergéticos y/o de Irrigación, constituidos en virtud del artículo 8 del Reglamento para la Venta de Terrenos en el Ámbito de los Proyectos Especiales Hidroenergéticos y/o de Irrigación – Leyes 27887 y 28042, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-VIVIENDA, puedan efectuar las inspecciones oculares a que se refiere el artículo 30 del mencionado Reglamento, prosiguiéndose con el trámite hasta la emisión del pronunciamiento respectivo;

Que, el artículo 2 de dicho Decreto Supremo, facultó...

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