RESOLUCION, Nº 124-2017/SUNAT/300000, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - Disposiciones que regulan los lineamientos para aplicar las sanciones de suspensión e inhabilitación previstas en la Ley General de Aduanas-RESOLUCION-Nº 124-2017/SUNAT/300000

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Fecha de la disposición 6 de Diciembre de 2017

Callao, 6 de diciembre de 2017

CONSIDERANDO:

Que el segundo párrafo del artículo 190 de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N° 1053 y modificatorias, dispone que al aplicar las sanciones de suspensión, cancelación o inhabilitación se deben tener en cuenta los hechos y las circunstancias que se hubiesen presentado respecto a la comisión de la infracción, de tal manera que la sanción a imponerse sea proporcional al grado y a la gravedad de la infracción cometida, y que en su reglamento se establecerán los lineamientos generales para la aplicación de la disposición antes señalada;

Que el artículo 248 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2009-EF y modificatorias, establece que para aplicar las sanciones de suspensión, cancelación o inhabilitación se deben tener en cuenta los siguientes lineamientos generales: la gravedad del daño o perjuicio económico causado, la subsanación voluntaria de la conducta infractora antes de la imputación de la infracción, las circunstancias de la comisión de la infracción y la existencia o no de intencionalidad en la conducta del infractor. Asimismo, en el citado artículo se indica que la administración aduanera regulará la aplicación de los lineamientos antes señalados;

Que en tal sentido, corresponde emitir la norma que regule la aplicación de los mencionados lineamientos para aplicar las sanciones de suspensión e inhabilitación;

Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y normas modificatorias, no se ha prepublicado la presente resolución por considerar que ello no es necesario, en la medida que se trata de una norma que beneficia a los operadores de comercio exterior y no afecta el interés público;

En mérito a lo dispuesto en el literal d) del artículo 16 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y normas modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1 Objeto

La presente resolución tiene por objeto regular los lineamientos que se deben tener en cuenta para aplicar las sanciones de suspensión e inhabilitación de las infracciones previstas en la Ley General...

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