RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 287-2017-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Prorrogan el funcionamiento de la Primera y Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, Primera y Segunda Sala Penal Transitoria; y la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 287-2017-CE-PJ

Fecha de disposición27 Septiembre 2017
Fecha de publicación05 Octubre 2017
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónSección Única

Lima, 27 de setiembre de 2017

VISTOS:

Los Oficios Nros. 042-2017-P-1SDCST-CS/PJ-RVC y 146-2017-LM-P3°SDCST-CS-PJ, cursados por los Presidentes de la Primera y Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria; Oficios Nros. 380-2017-P-1°SPT-CS y 143-2017-R-SSPT-CSJ, remitidos por los Presidentes de la Primera y Segunda Sala Penal Transitoria; y, Oficio N° 127-17-SCT-CS-PJ, del Presidente de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, respectivamente.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, este órgano de Gobierno mediante Resolución Administrativa N° 080-2017-P-CE-PJ, prorrogó por el periodo de tres meses, a partir del 1 de julio de 2017, el funcionamiento de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, Sala Civil Transitoria, Primera Sala Penal Transitoria, Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria; y la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, a fin de continuar con la descarga procesal.

Segundo. Que, los Presidentes de las referidas Salas Supremas han solicitado que se disponga la prórroga del funcionamiento de los mencionados órganos jurisdiccionales, por el término de ley.

Tercero. Que, al respecto, de los informes estadísticos remitidos se evidencia que aún queda considerable número de expedientes pendientes de resolver, por lo que resulta necesario disponer la prórroga del funcionamiento de las mencionadas Salas Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el término de tres meses.

En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 730-2017 de la trigésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR