RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 0374-2017-MINAGRI, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA - Aprueban "Lineamientos para la ejecución de actividades de necesidad inmediata formulados por la Autoridad Nacional del Agua” y "Lineamientos para la ejecución de actividades de necesidad inmediata formulados por los Gobiernos Subnacionales"-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 0374-2017-MINAGRI

Fecha de disposición20 Septiembre 2017
Fecha de publicación21 Septiembre 2017
MateriaDerecho Público y Administrativo

Lima, 20 de setiembre de 2017

VISTOS:

El Acta N° 010-2017-MINAGRI-CSRA, y, el Oficio Nº 0119-2017-MINAGRI-CSRA, emitidos por la Comisión Sectorial de Reconstrucción Agraria; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 1 de la Ley N° 30556, se declara de prioridad, de interés nacional y necesidad pública la implementación y ejecución de un plan integral para la rehabilitación, reposición, reconstrucción y construcción de la infraestructura de uso público de calidad, como consecuencia de acciones que califiquen como nivel de emergencia 4 y 5 en las zonas de riesgo alto y muy alto de conformidad con la legislación sobre la materia, así como las intervenciones de alcance nacional en dichas zonas; asimismo, de acuerdo al numeral 2.1 del artículo 2 y al artículo 3 de la citada Ley, se dispone que el Plan Integral, es aprobado por el Consejo de Ministros a propuesta de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, como una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de liderar e implementar el Plan que incluye, entre otros, infraestructura de calidad y actividades priorizadas sostenibles en el tiempo, propuestas por los sectores del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales y Locales;

Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30556, autoriza la ejecución de proyectos de necesidad inmediata correspondiente a los tres niveles de Gobierno antes de la aprobación del Plan por parte de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, la Autoridad para la Reconstrucción Con Cambios mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 002-2017-PCM-RCC, dispone que los proyectos de necesidad inmediata, a que se refiere la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley 30556, comprende también las actividades, como las intervenciones que la entidad pública lleva a cabo de acuerdo con sus competencias que resultan permanentes y continuas en el tiempo, con el objeto de garantizar la provisión de servicios públicos, tales como la gestión integral del manejo de cuencas que incluye encauzamiento y escalonamiento de ríos, canalización y descolmatación;

Que, a través de la Resolución Ministerial N°...

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