RESOLUCION, Nº 0294-2017-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Distrital de Colcabamba, provincia de Huaraz, departamento de Áncash-RESOLUCION-Nº 0294-2017-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición15 de Agosto de 2017

Expediente N° J-2017-00248-C01

COLCABAMBA–HUARAZ–ÁNCASH

CONVOCATORIA DE CANDIDATO

NO PROCLAMADO

Lima, siete de agosto de dos mil diecisiete

VISTO el Acuerdo de Concejo N° 001-2017-MDC-C, del 3 de julio de 2017, mediante el cual se declaró la suspensión de Joaquín Armando Ramírez Alvino, en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Colcabamba, provincia de Huaraz, departamento de Áncash, porque incurrió en la causal prevista en el artículo 25, numeral 3, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, esto es, contar con un mandato de prisión preventiva.

ANTECEDENTES

Mediante Oficio N° 3156-2017-P-CSJAN/PJ, recibido el 5 de julio de 2017 (fojas 46), la Corte Superior de Justicia de Áncash remitió copia certificada del Acta de Audiencia de Prisión Preventiva, de fecha 14 de junio de 2017. En dicho documento, el juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Huaraz resolvió declarar fundado el requerimiento de prisión preventiva solicitado por el Ministerio Público en contra del alcalde investigado Joaquín Armando Ramírez Alvino, por el plazo de nueve meses, en el marco de la investigación que se le sigue en el Expediente N° 0911-2017-8-0201-JR-PE-01 por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública en la modalidad de peculado.

En mérito a lo resuelto por el órgano jurisdiccional penal, el Concejo Distrital de Colcabamba, en la sesión extraordinaria, de fecha 3 de julio de 2017 (fojas 5 a 7), aprobó, por unanimidad, la suspensión del alcalde Joaquín Armando Ramírez Alvino, dado que incurrió en la causal establecida en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Esta...

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