RESOLUCION, Nº 087-2017-OSINFOR, ORGANISMOS EJECUTORES, ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE - Disponen publicación de los proyectos “Reglamento para la Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre”, la “Directiva de Supervisión para Títulos Habilitantes con Fines Maderables” y la “Directiva para la Supervisión del Manejo de Fauna Silvestre” del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR”, en el portal institucional del OSINFOR-RESOLUCION-Nº 087-2017-OSINFOR

EmisorORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE
Fecha de la disposición14 de Julio de 2017

Lima, 14 de julio de 2017

VISTOS:

El Informe Nº 008-2017-OSINFOR/08.1, de fecha 13 de julio de 2017, de la Dirección de Supervisión Forestal y de Fauna Silvestre, proponiendo proyectos normativos, el Informe Nº 058-2017-OSINFOR/04.1, de fecha 13 de julio de 2017, de la Oficina de Planificación y Presupuesto y el Informe Legal Nº 148-2017-OSINFOR/04.2, de fecha 14 de julio de 2017, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1085, se creó el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre -OSINFOR, encargado a nivel nacional de la supervisión y fiscalización del aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los servicios ambientales provenientes del bosque, otorgados por el Estado;

Que, el numeral 3.5 del artículo 3º del citado dispositivo legal, señala como una de las funciones del OSINFOR, dictar en el ámbito de su competencia, las normas y/o reglamentos que regulen los procedimientos a su cargo; disposición legal concordante con lo dispuesto en el artículo 30º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

Que, considerando el marco normativo vigente, la visión institucional, así como la importancia de una política orientada al aprovechamiento y manejo sostenible de nuestros recursos forestales y de fauna silvestre, la Dirección de Supervisión Forestal y de Fauna Silvestre, acorde al documento de vistos, propone los proyectos de “Reglamento para la Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre”, la “Directiva de Supervisión para Títulos Habilitantes con Fines Maderables” y la “Directiva para la Supervisión del Manejo de Fauna Silvestre”;

Que, conforme al literal h) del artículo 34º del Reglamento de Organización y Funciones del OSINFOR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 029-2017-PCM, corresponde a la Dirección de Supervisión Forestal y de Fauna Silvestre, en el ámbito de su competencia, proponer la aprobación de instrumentos normativos y documentos de gestión que regulen los procedimientos a su cargo y supervisar el cumplimiento de los...

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