RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 196-2017-MEM/DM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Autorizan publicación del Proyecto de Decreto Supremo que establece Disposiciones Reglamentarias para el Instrumento de Gestión Ambiental para la Formalización de Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal - IGAFOM-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 196-2017-MEM/DM

EmisorENERGIA Y MINAS
Fecha de la disposición19 de Mayo de 2017

Lima, 19 de mayo de 2017

VISTO: El Informe N° 202-2017-MEM-DGFM, de fecha 16 de mayo de 2017, emitido por la Dirección General de Formalización Minera;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM establece entre las funciones generales del Ministerio de Energía y Minas la de dictar la normatividad general de alcance nacional en las materias de su competencia;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1293 se declara de interés nacional la formalización de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal, creando el Proceso de Formalización Minera Integral y estableciendo medidas conducentes a su ejecución;

Que, a través del Decreto Legislativo N° 1336 se constituye el Instrumento de Gestión Ambiental para la Formalización de Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal - IGAFOM, habiéndose dispuesto en su artículo 6 que mediante Decreto Supremo del Ministerio de Energía y Minas, refrendado por el Ministerio del Ambiente, se dictan disposiciones reglamentarias respecto al referido Instrumento;

Que, mediante el Informe del Visto, la Dirección General de Formalización Minera sustenta el Proyecto de Decreto Supremo que establece disposiciones reglamentarias para el Instrumento de Gestión Ambiental para la Formalización de Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal – IGAFOM;

Que, en atención a lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas generales que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, con el fin de recibir comentarios de los interesados;

Que, en ese sentido, corresponde disponer la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que establece disposiciones reglamentarias para el Instrumento de Gestión Ambiental...

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