ORDENANZA, Nº 499/MC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE COMAS - Suspenden temporalmente procedimientos establecidos en la Sexta, Séptima, Octava, y Novena Disposiciones Finales de la Ordenanza Municipal Nº 437/MC que declara áreas intangibles, de protección y conservación ambiental y turismo, las laderas de los cerros de las Urbanizaciones Populares y Centros Poblados de Comas, y el D.A. Nº 009-2015/MC-ORDENANZA-Nº 499/MC

EmisorMUNICIPALIDAD DE COMAS
Fecha de la disposición15 de Febrero de 2017

Suspenden temporalmente procedimientos establecidos en la Sexta, Séptima, Octava, y Novena Disposiciones Finales de la Ordenanza Municipal Nº 437/MC que declara áreas intangibles, de protección y conservación ambiental y turismo, las laderas de los cerros de las Urbanizaciones Populares y Centros Poblados de Comas, y el D.A. Nº 009-2015/MC

ORDENANZA MUNICIPAL

N° 499/MC

Comas, 31 de enero del 2017

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO

DE COMAS

VISTO:

El Dictamen Nº 001-2017-CD UTITT/MC de la Comisión de Desarrollo Urbano, Tecnología de la Información, Tránsito y Transporte, sobre el Proyecto de Ordenanza que suspende temporalmente la Sexta, Séptima, Octava y Novena Disposiciones Finales de la Ordenanza Municipal Nº 437/MC que declara áreas intangibles, de protección y conservación ambiental y turismo, las laderas de los cerros de las Urbanizaciones Populares y Centros Poblados de Comas, y del Decreto de Alcaldía Nº 009-2015/MC que aprueba el Reglamento de la Ordenanza Nº 437/MC, y;

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 30305, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta facultad en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al Ordenamiento Jurídico;

Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno...

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