RESOLUCION, Nº 002-2017-OS/CD, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA - Suspenden los plazos previstos en la “Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos” aprobada con Res. Nº 476-2008-OS/CD, vinculados con la etapa de aprobación de los procedimientos técnicos del COES-RESOLUCION-Nº 002-2017-OS/CD
Emisor | ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA |
Fecha de la disposición | 19 de Enero de 2017 |
Suspenden los plazos previstos en la “Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos” aprobada con Res. N° 476-2008-OS/CD, vinculados con la etapa de aprobación de los procedimientos técnicos del COES
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN
EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN
N° 002-2017-OS/CD
Lima, 17 de enero de 2017
VISTO:
El Informe N° GAJ-3-2017, del 11 de enero de 2017, de la Gerencia de Asesoría Jurídica de Osinergmin, sobre el análisis del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1310.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo previsto en el literal b) del artículo 13 de la Ley 28832, una de las funciones de interés público a cargo del Comité de Operación Económica del Sistema (“COES”) es elaborar los procedimientos en materia de operación del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (“SEIN”) y administración del Mercado de Corto Plazo de electricidad, para su aprobación por Osinergmin. Asimismo, los literales c) y f) del artículo 14 establecen que el COES debe coordinar la operación en tiempo real del SEIN y calcular la potencia y energía firme de cada una de las unidades generadoras;
Que, mediante Decreto Supremo N° 027-2008-EM, se aprobó el Reglamento del Comité de Operación Económica del Sistema (Reglamento COES), cuyo artículo 5, numeral 5.1, detalla que el COES, a través de su Dirección Ejecutiva, debe elaborar las propuestas de Procedimiento en materia de operación del SEIN, y en su numeral 5.2 determina que el COES debe contar con una “Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos”, elaborada y aprobada por Osinergmin, la cual incluirá como mínimo, los objetivos, plazos, condiciones, metodología, forma, responsables, niveles de aprobación parciales, documentación y estudios de sustento;
Que, mediante Resolución N° 476-2008-OS/CD, se aprobó la “Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos” (“Guía”), estableciéndose el proceso y los plazos que deben seguirse para la aprobación de los Procedimientos Técnicos COES. Dicha Guía fue modificada mediante Resolución N° 088-2011-OS/CD, y mediante Resolución N° 272-2014-OS/CD;
Que, al amparo de dicho...
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