ORDENANZA, Nº 478-2016-MDB, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE BREÑA - Prorrogan para el ejercicio 2017, la vigencia de la Ordenanza Nº 452-2015-MDB/CDB que establece monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales-ORDENANZA-Nº 478-2016-MDB

Fecha de publicación15 Enero 2017
Fecha de disposición30 Diciembre 2016
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Financiero

Breña, 30 de diciembre del 2016

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑA

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO

DE BREÑA

VISTO:

El Informe N° 107-2016-GR/MDB de la Gerencia de Rentas, el Informe N° 631-2016-GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Informe N° 146-2016 GM/MDB de la Gerencia Municipal; sobre derogar la Ordenanza N° 474-2016-MDB y aprobación de una nueva ordenanza que aprueba el Régimen de derecho de Emisión 2017.

CONSIDERANDO:

Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de octubre de 2016, se aprobó la Ordenanza Nº 474-2016-MDB, que prorroga, para el ejercicio 2017, la vigencia de la Ordenanza Nº 452-2015-MDB/CDB, que establece el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales; dicha Ordenanza se aprobó en el Dictamen conjunto Nº 002-2016-CCRYCEPP-MDB de la Comisión de Economía, Presupuesto y Planificación y la Comisión de Rentas de la Municipalidad Distrital de Breña; el Informe Nº 114-2016-GM-MDB del 24.10.2016 de la Gerencia Municipal que contiene el Proveído Nº 1235-ALC/MDB del 24.10.2016 del Despacho de Alcaldía, el Informe Nº 495-2016-GAJ-MDB del 20.10.2016 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, los Informes Nº 092 y 094-2016-GR-MDB de la Gerencia de Rentas; entre otros; sobre el proyecto de Ordenanza que prorroga, para el ejercicio 2017, la vigencia de la Ordenanza Nº 452-2015-MDB/CDB, que establece el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales;

Que, el expediente fue remitido al SAT mediante Oficio N° 174-2016-GM/MDB de la Gerencia Municipal, en mérito al Memorándum N° 1491-2016-SG/MDB de la Secretaria General, quien informa que de acuerdo a la Ordenanza N° 1833 MML, que modifica la séptima disposición final de la Ordenanza 1533 MML, norma que dispone que “las Ordenanzas Distritales que aprueben el servicio Municipal sobre Emisión Mecanizada de valores para el Contribuyente, deberán ser ratificadas anualmente. Sin perjuicio de lo anterior, el acuerdo de Concejo ratificatorio tendrá una vigencia máxima de dos (2) ejercicios fiscales adicionales, en la medida que no exista variaciones sustanciales en las condiciones que originaron la ratificación en cuyo caso la Municipalidad Distrital deberá comunicar al SAT su decisión de aplicar dicha aplicación del acuerdo de Concejo ratificatorio para los citados ejercicios, mediante comunicación formal del Gerente Municipal, hasta el último día hábil del mes de diciembre. Transcurrido dicho periodo las Municipalidades deberán...

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