ORDENANZA, Nº 511-MDJM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA - Aprueban cronograma de vencimientos, monto mínimo del Impuesto Predial 2017 y el Programa de Beneficios para el Vecino Puntual y Exclusivo de Jesús María-ORDENANZA-Nº 511-MDJM

EmisorMUNICIPALIDAD DE JESAS MARAA
Fecha de la disposición 1 de Enero de 2017

Aprueban cronograma de vencimientos, monto mínimo del Impuesto Predial 2017 y el Programa de Beneficios para el Vecino Puntual y Exclusivo de Jesús María

ORDENANZA Nº 511-MDJM

Jesús María, 30 diciembre de 2016

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

JESÚS MARÍA:

POR CUANTO:

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE

JESÚS MARÍA;

VISTO: el Dictamen Conjunto Nº 021-2016-MDJM-CEPP de la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto y Comisión de Asuntos Jurídicos mediante el cual somete a consideración del Concejo Municipal el proyecto de Ordenanza que aprueba el Programa de Beneficios para el vecino puntual de Jesús María, y, con el voto unánime de los señores Regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y sus concejos municipales tienen potestad normativa;

Que, el artículo 74° de la Constitución Política del Perú establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la ley;

Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en el segundo párrafo dispone que mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley;

Que, el artículo 15° del T.U.O de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, establece la forma en la que puede cancelarse el Impuesto Predial; asimismo, las Ordenanzas N° 475-MDJM y N° 506-MDJM señalan que los arbitrios son tributos de periodicidad mensual, cuya fecha de pago vence el último día hábil de cada mes;

Que, el Ministerio de Economía y Finanzas ha establecido mediante Decreto Supremo Nº 353-2016-EF el valor de la UIT para el ejercicio 2017 en Cuatro Mil Cincuenta y 00/100 Soles (S/ 4,050.00);

Que, conforme lo establecido en el artículo 13º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y normas modificatorias, las municipalidades están facultadas para establecer un monto mínimo a pagar por concepto del Impuesto Predial equivalente al 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero el año que corresponda el impuesto, resultando para el presente ejercicio el monto de Veinticuatro y 30/100 Soles (S/ 24.30);

Que, con el objeto de desarrollar acciones que creen conciencia tributaria, promuevan y premien el cumplimiento del pago de las obligaciones, cuyo efecto consolide las políticas de gestión tributaria, reduciendo el índice de morosidad en el distrito de Jesús María; y considerando que, es función de la corporación municipal, contribuir en mejorar la calidad de vida de los adultos mayores y personas discapacitadas, procurando acciones que contribuyan a lograr su bienestar, en concordancia con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal y la Ley General de la Persona con Discapacidad, Ley N° 29973; la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, a través de su Informe N° 091-2016-MDJM-GATR, alcanza la propuesta de Ordenanza que aprueba el Programa de beneficios para el vecino puntual de Jesús María, contándose a la vez con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil mediante Informe Nº 814-2016-MDJM/GAJyRC;

De conformidad con los artículos 9, incisos 8) y 9); así como 39 y 40 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF; el Concejo Municipal de Jesús María aprobó la siguiente:

ORDENANZA

QUE APRUEBA EL CRONOGRAMA DE VENCIMIENTOS, MONTO MÍNIMO DEL

MPUESTO PREDIAL 2017 Y EL PROGRAMA DE...

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