ORDENANZA, Nº 445-MSI, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO - Aprueban la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad-ORDENANZA-Nº 445-MSI
Fecha de publicación | 30 Diciembre 2016 |
Fecha de disposición | 30 Diciembre 2016 |
610670 NORMAS LEGALES Viernes 30 de diciembre de 2016 /
El Peruano
Artículo Tercero.- Publicidad
La presente Ordenanza estará disponible en el Portal
Institucional de la Municipalidad Distrital del Rímac (www.
munirimac.gob.pe).
Artículo Cuarto.- El Anexo I que contiene los
procedimientos y servicios aprobados en la presente
Ordenanza, será publicado en el Portal Institucional y en
el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE
(www.serviciosalciudadano.gob.pe).
Artículo Quinto.- La presente Ordenanza y las partes
que la integran, entrarán en vigencia a partir del día
siguiente de su publicación en el Diario Ocial El Peruano
y en los portales electrónicos mencionados, en los
términos previstos en la Ley Nº 29091 y su Reglamento.
Artículo Sexto.- Deróguese toda disposición que se
oponga a la presente ordenanza.
Artículo Sétimo.- Encargar el el cumplimiento de lo
dispuesto en la presente ordenanza y sus anexos, a todas
las unidades orgánicas que integran la Municipalidad
Distrital del Rímac.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en el Palacio Municipal a los veintidós días del
mes de diciembre del año dos mil dieciséis.
ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ
Alcalde
1468543-1
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Aprueban la modificación del Texto Único
de Procedimientos Administrativos (TUPA)
de la Municipalidad
ORDENANZA N° 445-MSI
EL ALCALDE DE SAN ISIDRO
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha,
el Dictamen N° 89-2016-CAJLI/MSI de la Comisión
de Asuntos Jurídicos Laborales e Informática; El
Dictamen N° 40-2016-CAFRP/MSI de la Comisión de
Administración, Finanzas, Rentas y Presupuesto; el
Informe N° 1413-2016-12.1.0-SLA-GACU/MSI de la
Subgerencia de Licencias y Autorizaciones; el Pase
N° 1875-2016-12.0.0-GACU/MSI de la Gerencia
de Autorizaciones y Control Urbano; el Informe N°
2091-2016-1110-SSC-GAT/MSI de la Subgerencia de
Servicios al Contribuyente; el Memorándum N° 0601-
2016-1100-GAT/MSI de la Gerencia de Administración
Tributaria; el Informe N° 175-2016-0520-SDC-GPPDC/
MSI e Informe N° 232-2016-0520-SDC-GPPDC/
MSI de la Subgerencia de Desarrollo Corporativo; el
Informe N° 110-2016-0500-GPPDC/MSI e Informe
N° 141-2016-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de
Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo;
los Informes Nº 0540 y 0626-2016-0400-GAJ/MSI de la
Gerencia Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
competencia, conforme lo establece el artículo 194° de
la Constitución Política del Perú, modicada por la Ley de
Reforma Constitucional N° 30305, en concordancia con
el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
Que, a través de la Ordenanza N° 372-MSI y sus
modicatorias se aprobó la actualización del Texto
Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la
Municipalidad de San Isidro, raticada con Acuerdo de
Concejo N° 2438-MML, ambas publicadas con fecha 25
de diciembre de 2014;
Procedimiento Administrativo General, señala en su
numeral 36.1 que los procedimientos, requisitos y costos
administrativos se establecen exclusivamente mediante
decreto supremo o norma de mayor jerarquía, norma de la
más alta autoridad regional, Ordenanza Municipal o de la
decisión del titular de las entidades autónomas conforme
a la Constitución, según su naturaleza, procedimientos
que deben ser compendiados y sistematizados en el
TUPA aprobado para cada entidad;
Que, en ese sentido el artículo 37° de la norma
precitada, indica que el TUPA comprende todos los
procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los
administrados para satisfacer sus intereses o derechos
mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de la
entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo
legal, el cual deberá consignarse expresamente en el
TUPA con indicación de la fecha de publicación en el Diario
Ocial, así como la calicación de cada procedimiento
según corresponda entre procedimientos de evaluación
previa o de aprobación automática, entre otros;
Que, por su parte el numeral 38.1 del artículo 38° de
la norma en mención, indica que el TUPA es aprobado por
Ordenanza Municipal en el caso de Gobiernos Locales, y que
luego de ello, conforme al numeral 38.5, toda modicación
que no implique la creación de nuevos procedimientos,
incremento de derechos de tramitación o requisitos, se
debe realizar por Decreto de Alcaldía; caso contrario, su
aprobación se realiza conforme al mecanismo establecido en
el numeral 38.1 antes citado, es decir mediante Ordenanza,
como es el caso de la presente modicatoria, efectuándose
la publicación respectiva;
Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y
Desarrollo Corporativo de acuerdo a lo indicado por la
Subgerencia de Desarrollo Corporativo, la Secretaría General
y la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano, mediante
los documentos del visto; remitió la propuesta de modicación
del TUPA, precisando que resulta necesario efectuar dicha
modicación en atención a las disposiciones establecidas
en el Decreto Supremo N° 009-2016-VIVIENDA, que
modica el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana
y de Edicación aprobado mediante Decreto Supremo N°
008-2013-VIVIENDA y modicatorias; en el artículo 19° del
aprobado mediante Decreto Supremo N° 156-2004-EF
concordado con la Resolución de Secretaría de Gestión
Pública N° 002-2012-PCM-SGP que aprobó la Guía de
Simplicación Administrativa para Gobiernos Locales; en el
Decreto Legislativo N° 1246, que aprueba Diversas Medidas
de Simplicación Administrativa; así como en la Ordenanza
N° 443-MSI, que modica el Reglamento de Organización y
Funciones de la MSI, aprobado por Ordenanza N° 382-MSI
y modicatoria;
Que, en este contexto, de acuerdo con la normatividad
señalada, resulta necesario modicar el TUPA vigente
de la Municipalidad de San Isidro a n de adecuar la
denominación de los procedimientos, incorporar nuevos
procedimientos, modicar la base legal y requisitos,
ordenar correlativamente los códigos del TUPA, precisar
la autoridad competente para resolver y las instancias de
resolución de los recursos, entre otros, ello en benecio
de los administrados;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y del artículo
27972; numeral 36.1 del artículo 36° y el numeral 38.5 del
Administrativo General; el Concejo Municipal por
Unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y
aprobación del Acta; ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA)
DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Artículo Primero.- APROBAR la modicación del
Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA,
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