RESOLUCION, Nº 100-2016/SBN, ORGANISMOS EJECUTORES, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES - Amplían plazo de exigencia de certificación establecida en la Directiva Nº 003-2015/SBN “Procedimientos para la Capacitación y Certificación de Profesionales y Técnicos en la Gestión de Bienes Estatales”-RESOLUCION-Nº 100-2016/SBN

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Fecha de la disposición20 de Diciembre de 2016

San Isidro, 20 de diciembre de 2016

VISTOS:

El Memorando N° 361-2016/SBN-DNR, emitido por la Dirección de Normas y Registro y, el Informe N° 180-2016/SBN-DNR-SDNC, emitido por la Subdirección de Normas y Capacitación, de fechas 15 y 06 de diciembre de 2016, respectivamente, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN es un organismo público ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y el ente rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales - SNBE, responsable de normar los actos de adquisición, disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración está a su cargo, de acuerdo a la normatividad vigente, gozando de autonomía económica, presupuestal, financiera, técnica y funcional, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA;

Que, el literal b) del numeral 14.1 del artículo 14º de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, concordante con el literal a) del numeral 9.1 del artículo 9° de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, señalan que la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, en calidad de ente rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales - SNBE, tiene la función y atribución exclusiva de expedir directivas o disposiciones legales en materia de adquisición, administración, disposición, registro y supervisión de bienes estatales, siendo de cumplimiento obligatorio por parte de las entidades que conforman el SNBE;

Que, el artículo 24 de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, dispone que los funcionarios y servidores encargados de las actividades relativas a la gestión de bienes estatales que, en razón de sus funciones, intervienen directamente en la aplicación de la mencionada Ley, su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, las normas emitidas por el Sistema Nacional de Bienes Estatales - SNBE y las...

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