DECRETO DE ALCALDIA, Nº 006-2016/MDP, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA - Aprueban Reglamento del Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 006-2016/MDP
Emisor | MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA |
Fecha de la disposición | 12 de Diciembre de 2016 |
Pucusana, 12 de Diciembre del 2016.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
PUCUSANA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE
LIMA.
VISTO, el Informe Nº276-2016/SG-SPSDOAM/MDP de la Sub Gerencia de Salud, Programas Sociales, Demuna Omaped y Adulto, conteniendo la propuesta de Reglamento para el Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, asimismo, la referida Constitución en su artículo 4° precisa que la comunidad y el Estado protegen, entre otros, a los ancianos en situación de abandono; asimismo, el artículo 7° Constitución, señala que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad;
Que, el artículo 2° de la Ley N°30490, Ley de la Persona Adulta Mayor, define, como personas adultas mayores a todas aquellas que tengan 60 o más años de edad;
Que, de conformidad con el artículo 10º de la precitada Ley, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) promueve a través de la Dirección de Personas Adultas Mayores la creación de los Centros Integrales de atención al Adulto Mayor (CIAM) en las Municipalidades Provinciales y Distritales;
Que, los artículos 9º, 10°, 11º y 12º de la Ley Nº 30490 establecen que los gobiernos locales, en el marco de sus competencias, pueden suscribir convenios, alianzas estratégicas, entre otros documentos con organizaciones e instituciones de naturaleza pública y privada para la implementación progresiva de los servicios que deben brindar los CIAM, en tanto se reglamente...
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