RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 437-2016-MINCETUR, PODER EJECUTIVO, COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO - Aprueban como empresa calificada, para efecto del D. Leg. Nº 973, que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, a la empresa T & C REAL ESTATE DEVELOPERS S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado “Hotel Hilton Bajada Balta”-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 437-2016-MINCETUR

EmisorCOMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Fecha de la disposición13 de Diciembre de 2016

Lima, 13 de diciembre de 2016

VISTOS: El Oficio N° 1102-2016/PROINVERSIÓN/DSI de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, el Oficio N° 3185-2016-EF/13.01 del Ministerio de Economía y Finanzas y el Memorándum N° 1397-2016-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, dispone que mediante Resolución Ministerial del sector competente, se aprobará a las personas naturales o jurídicas que califiquen para el goce del Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, así como los bienes, servicios y contratos de construcción que otorgarán dicha recuperación, para cada Contrato;

Que, el artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, concordado con el artículo 7 del Decreto Legislativo N° 973, modificado por la Ley N° 30056, establece que mediante Resolución Ministerial se precisará, entre otros aspectos, la cobertura del Régimen de Recuperación Anticipada del IGV;

Que, con fecha 27 de setiembre de 2016, la empresa T & C REAL ESTATE DEVELOPERS S.A.C. celebró, en calidad de inversionista, un Contrato de Inversión con el Estado por el proyecto denominado “Hotel Hilton Bajada Balta”, en adelante el Proyecto, para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 973, tal y como lo dispone el artículo 3 de la referida norma legal;

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Oficio N° 3185-2016-EF/13.01, ingresada bajo Registro N° 999109 al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el cual acompaña el Informe N° 235-2016-EF/61.01 de la Dirección General de Políticas de Ingresos Públicos, opina que procede la aprobación de la Lista de Bienes, Servicios y Contrato de Construcción presentada por T & C REAL ESTATE DEVELOPERS S.A.C...

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