DECRETO DE ALCALDIA, Nº 154-2016/MDJ-A, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JAZAN - Aprueban cronograma y Directiva del Proceso de Reubicación de las personas que ejercen actividad comercial en el Antiguo Mercado de Abastos y Adjudicación de Puestos de Venta de los Comerciantes en el Nuevo Mercado de Abastos de Pedro Ruiz Gallo-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 154-2016/MDJ-A

EmisorMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JAZAN
Fecha de la disposición 7 de Diciembre de 2016

El Alcalde y Regidores de la Municipalidad Distrital de Jazán en sesión ordinaria de concejo Nº 044 de fecha 30 de noviembre de 2016.

VISTO:

La Ordenanza Nº 044-2016/MDJ-BA publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de Noviembre de 2016, y el Informe Nº 120-2016-GM/MDJ/AI, de la Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital de Jazán, mediante el cual remite la propuesta del Cronograma, Clausura definitiva del Antiguo Mercado de Abastos de la localidad de Pedro Ruiz Gallo, Directiva de Reubicación de las personas que ejercen actividad comercial y Demolición de la infraestructura;

CONSIDERANDO

Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política el Estado, “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…); mientras que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades-, en concordancia con la Carta Magna prescribe que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, y que “La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;.

Que, el Artículo 49º de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades-, confiere facultades a la autoridad municipal disponiendo, con carácter de imperatividad que “La autoridad municipal puede ordenar la clausura transitoria o definitiva de edificios, establecimientos o servicios cuando su funcionamiento está prohibido...

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