RESOLUCION, Nº 46-2016-SUNAT/5F0000, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - Aprueban Procedimiento Específico "Uso y Control de Precintos de Alta Seguridad" INPCFA-PE.00.08 (versión 1)-RESOLUCION-Nº 46-2016-SUNAT/5F0000

Fecha de disposición30 Noviembre 2016
Fecha de publicación01 Diciembre 2016

Callao, 30 de noviembre de 2016

CONSIDERANDO:

Que el literal a) del artículo 165 de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N° 1053, establece que la Administración podrá disponer la ejecución de acciones de control, antes y durante el despacho de las mercancías, con posterioridad a su levante o antes de su salida del territorio aduanero, entre otras, la imposición de precintos u otros dispositivos y cualquier otra acción necesaria para el control de las mercancías y medios de transporte;

Que del mismo modo, el literal d) de los artículos 16 y 46 de la Ley General de Aduanas dispone que los operadores de comercio exterior y los administradores o concesionarios de los puertos, aeropuertos o terminales terrestres internacionales, deben implementar las medidas de seguridad dispuestas por la autoridad aduanera; así como cautelar y mantener la integridad de estas, o de las que hubieran sido implementadas por la Administración Aduanera o los mencionados obligados, por disposición de la autoridad aduanera, según corresponda;

Que es necesario aprobar el procedimiento específico “Uso y Control de Precintos de Alta Seguridad” INPCFA-PE.00.08 (versión 1), a fin de implementar determinadas medidas operativas de seguridad;

En mérito a lo dispuesto en el inciso c) del artículo 89 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias, y a la Resolución de Superintendencia N° 172-2015/SUNAT;

SE RESUELVE:

Artículo 1 Apruébase el procedimiento específico “Uso y control de Precintos de Alta Seguridad” INPCFA-PE.00.08 (versión 1), que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2 La presente resolución entrará en vigencia a partir del 1 de abril del 2017.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIA YSABEL FRASSINETTI YBARGÜEN

Intendente Nacional

Intendencia Nacional de Desarrollo Estratégico

Aduanero

Superintendencia Nacional Adjunta de Desarrollo

Estratégico

  1. OBJETIVO

    Establecer las pautas a seguir para el registro, control, uso y verificación de los precintos de alta seguridad destinados a la protección de la carga transportada en contenedores y unidades de carga cerrada, colocados por disposición de la autoridad aduanera.

  2. ALCANCE

    Está dirigido al personal de la SUNAT, a los operadores de comercio exterior, así como a los administradores o concesionarios de los puertos o aeropuertos.

  3. RESPONSABILIDAD

    Son responsables de la aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo dispuesto en el presente procedimiento, el Intendente Nacional de Desarrollo Estratégico Aduanero, el Intendente Nacional de Sistemas de Información, el Intendente de Gestión y Control Aduanero, los intendentes de aduana de la República, las jefaturas y el personal de las distintas unidades organizacionales que intervienen.

  4. BASE LEGAL

    - Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 1053, publicada el 27.6.2008 y...

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