RESOLUCION, Nº 1216-2016-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Declaran nulo Acuerdo de Concejo y devuelven actuados para que el Concejo Distrital de San Pedro de Chaná emita nuevo pronunciamiento sobre pedido de declaratoria de vacancia contra regidor-RESOLUCION-Nº 1216-2016-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición18 de Noviembre de 2016

Expediente N° J-2016-01308-A01

SAN PEDRO DE CHANÁ - HUAURI - ÁNCASH

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, diecisiete de octubre de dos mil dieciséis

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación que Percy Obregón Meza, regidor del Concejo Distrital de San Pedro de Chaná, provincia de Huari, departamento de Áncash, interpuso en contra del Acuerdo de Concejo N° 010-2016-MDSPCH, del 12 de agosto de 2016, que declaró su vacancia en el cargo, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

Solicitud de vacancia

El 13 de julio de 2016, Nicolás Walter Maldonado Minaya solicitó la vacancia de Percy Obregón Meza, regidor del Concejo Distrital de San Pedro de Chaná, provincia de Huari, departamento de Áncash (fojas 2 a 5), por la causal de nepotismo contemplada en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), bajo los siguientes argumentos:

  1. La entidad edil contrató a Enrique Ugarte Chávez en el cargo de guardián de la Institución Educativa Agropecuaria de Santa Cruz de Pichiu, en la modalidad de locación de servicios, siendo que dicha persona es suegro del regidor Percy Obregón Meza.

  2. Se encuentra acreditada la relación de parentesco, toda vez que el regidor Percy Obregón Meza se encuentra casado con Hilda Florinda Ugarte Fernández, quien es hija de Enrique Ugarte Chávez.

    El solicitante adjunta como medios probatorios los siguientes documentos:

    - Copia certificada del acta de nacimiento de Enrique Ugarte Chávez (fojas 6).

    - Copia certificada del acta de matrimonio de Percy Obregón Meza y Hilda Florinda Ugarte Fernández (fojas 7).

    - Copia certificada del acta de nacimiento de Hilda Florinda Ugarte Fernández (fojas 8).

    - Copia certificada del acta de nacimiento de Percy Obregón Meza (fojas 9).

    - Copia fedateada del contrato de locación de servicios - 2016-MDSPCH/GM, del 4 de enero de 2016, suscrito entre el alcalde de la Municipalidad Distrital de San Pedro de Chaná y Enrique Ugarte Chávez (fojas 10 a 12).

    - Copia fedateada del contrato de locación de servicios, de abril de 2016, suscrito entre el alcalde de la Municipalidad Distrital de San Pedro de Chaná y Enrique Ugarte Chávez (fojas 14 a 16).

    - Copias fedateadas de los comprobantes de pago emitidos por la entidad edil a favor de Enrique Ugarte Chávez correspondiente al 13 de abril de 2016 (fojas 18 a 20).

    Descargos de la autoridad cuestionada

    Mediante escrito del 12 de agosto de 2016, el regidor Percy Obregón Meza presentó sus descargos bajo los siguientes argumentos:

  3. El solicitante de la vacancia Nicolás Walter Maldonado Minaya no es vecino del distrito, pues en su DNI se consigna como su domicilio el distrito de Independencia, provincia de Huaraz, por lo que no se cumple con la exigencia legal establecida en el artículo 23 de la LOM.

  4. Resulta “sospechoso” que una persona que no es vecina del distrito, que no lo conoce, que no conoce a los miembros de su familia, “haya tenido acceso a información que el suscrito pese a diversos requerimientos efectuados al alcalde no puede acceder”.

  5. El pedido de vacancia “ha sido gestionada por el propio alcalde […] con el solo objeto de truncar mi carrera política dentro de nuestro distrito y acallar nuestros reclamos que han traído como consecuencia que el alcalde a la fecha cuente con diversas denuncias penales por diversos delitos y por investigaciones en curso ante la Contraloría General de la República por el mal uso de los fondos de la Municipalidad Distrital”.

  6. Es cierto que se encuentra casado con Hilda Florinda Ugarte Fernández desde el 2 de enero de 2014. Así también, resulta cierto que el padre de su esposa es Enrique Ugarte Chávez, quien fue contratado por el gerente municipal, en ejercicio de las facultades delegadas por el alcalde de la Municipalidad Distrital de San Pedro de Chaná.

  7. Existe una relación poco cordial con el alcalde distrital, la que incluso “ha llegado a niveles de violencia […] habiéndose formulado una denuncia penal contra el alcalde ante la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huari CASO N° 1306094500-2016-61, en el cual una vecina de la ciudad denunció con fecha 22.02.2016 que el alcalde Eudomilio Eustaquio Collazos Verde efectuó disparos en mi contra en una discusión”.

  8. Agrega que también, con fecha 15 de junio de 2016, interpuso una denuncia penal en contra del alcalde distrital.

  9. Queda demostrado que “no tiene una relación de confianza con el alcalde y menos con los funcionarios de dicha comuna, por tanto mal podría influenciar para que se contrate a algún familiar […]”.

  10. Finaliza señalando que desde el 7 de agosto de 2015 se encuentra separado de su esposa, a quien la ha denunciado por violencia familiar ante la Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Ventanilla.

    Pronunciamiento del Concejo Municipal de San Pedro de Chaná

    En la Sesión Extraordinaria N° 005-2016, del 12 de agosto de 2016, los miembros del Concejo Distrital de San Pedro de Chaná por mayoría, cuatro votos a favor y uno en contra, declararon fundada la solicitud de vacancia presentada contra Percy Obregón Meza (fojas 81 a 85). Dicha decisión se formalizó en el Acuerdo de Concejo N° 010-2016-MDSPCH (fojas 86 a 91).

    El citado acuerdo de concejo fue notificado a la autoridad cuestionada el 12 de agosto de 2015, tal como se aprecia a fojas 93 a 98.

    Respecto al recurso de apelación

    El 5 de setiembre de 2016, el regidor Percy Obregón Meza interpuso recurso de apelación (fojas 99 a 102) contra el Acuerdo de Concejo N° 010-2016-MDSPCH.

    En el citado medio impugnatorio la autoridad municipal señala que se declaró su vacancia “en forma totalmente ilegal y arbitraria, por cuanto, los hechos expuestos en la solicitud de vacancia por Nicolás Walter Maldonado Minaya, carece de legalidad ya que la norma exige que el vecino que presenta la solicitud de vacancia tenga la condición de tal, de lo revisado en su DNI consigna como domicilio...

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