DECRETO SUPREMO, Nº 020-2016-MTC, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Decreto Supremo que incorpora el artículo 6-A en el Decreto Supremo Nº 012-2013-MTC-DECRETO SUPREMO-Nº 020-2016-MTC

EmisorTRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Fecha de la disposición 3 de Noviembre de 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, en adelante, el Reglamento, establece en el numeral 6.2 de su artículo 6, que las autoridades competentes para la aplicación de dicho reglamento, de conformidad con los niveles de Gobierno que corresponden a la organización del Estado, son las siguientes: a) el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, a cargo de la Red Vial Nacional; b) los Gobiernos Regionales, a cargo de su respectiva Red Vial Departamental o Regional, y c) los Gobiernos Locales, a cargo de su respectiva Red Vial Vecinal o Rural;

Que, el artículo 8 del Reglamento, señala que son parte de la Red Vial Nacional, las carreteras que cumplan cualesquiera de los siguientes criterios de jerarquización vial: i) interconectar al país longitudinalmente o transversalmente, permitiendo la vinculación con los países vecinos; ii) interconectar las capitales de departamento; iii) interconectar dos o más carreteras de la Red Vial Nacional; iv) soportar regularmente el tránsito de larga distancia nacional o internacional de personas y/o mercancías, facilitando el intercambio comercial interno o del comercio exterior; v) articular los puertos y/o aeropuertos de nivel nacional o internacional, así como las vías férreas nacionales; y, vi) interconectar los principales centros de producción con los principales centros de consumo;

Que, asimismo, el Reglamento señala en su artículo 15, que el Clasificador de Rutas es el documento oficial del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, en el cual se clasifica a las rutas en Red Vial Nacional, Red Vial Departamental o Regional y Red Vial Vecinal o Rural, incluyendo el Código de Ruta y su definición, según puntos o lugares principales que conecta. Precisa, además, que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el responsable de elaborar la actualización del Clasificador de Rutas que se aprobará mediante Decreto Supremo y que las modificaciones serán aprobadas por Resolución Ministerial de dicho Ministerio;

Que, por Decreto Supremo N° 012-2013-MTC se aprobó la actualización del Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, así como diversas disposiciones referidas a la clasificación de rutas. Así, esta norma ha regulado los temas referidos a: i) las definiciones...

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