ORDENANZA, Nº 442-MSI, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO - Ordenanza que modifica la Ordenanza Nº 434-MSI, que regula el ejercicio del comercio en vía pública en el distrito de San Isidro-ORDENANZA-Nº 442-MSI

Fecha de disposición02 Noviembre 2016
Fecha de publicación02 Noviembre 2016
603343
NORMAS LEGALES
Miércoles 2 de noviembre de 2016
El Peruano
/
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Ordenanza que modifica la Ordenanza
N° 434-MSI, que regula el ejercicio del
comercio en vía pública en el distrito de San
Isidro
ORDENANZA Nº 442-MSI
EL ALCALDE DE SAN ISIDRO
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen
N° 78-2016-CAJLI/MSI de la Comisión de Asuntos
Jurídicos, Laborales e Informática; el Dictamen N°
14-2016-CSCFTGRD/MSI de la Comisión de Seguridad
Ciudadana, Fiscalización, Tránsito y Gestión de Riesgo
de Desastres; el Informe N° 1126-2016-14.4.0-SF-
GSCGRD/MSI de la Subgerencia de Fiscalización; el
Memorando N° 757-2016-14.0.0-GSCGRD/MSI de la
Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo
de Desastres; el Memorándum N° 694-2016-1500-GDH/
MSI de la Gerencia de Desarrollo Humano; el Informe
1888-2016-12.1.0-SLA-GACU/MSI de la Subgerencia de
Licencias y Autorizaciones; el Pase N° 2467-2016-12.0.0-
GACU/MSI de la Gerencia de Autorizaciones y Control
Urbano; el Informe N° 102-2016-0130-OPU/MSI de la
Ocina de Planeamiento Urbano y el Informe N° 0515-
2016-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica;
y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del
Perú señala que las municipalidades provinciales y
distritales son órganos de gobierno local con autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos
de su competencia; la misma que radica, conforme al
artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, en la facultad de ejercer
actos de gobierno, administrativos y de administración,
con sujeción al ordenamiento jurídico, en virtud de lo cual
conforme al numeral 8° del artículo 9° de la citada ley,
corresponde al Concejo Municipal entre otras funciones,
aprobar, modicar o derogar las ordenanzas y dejar sin
efecto los acuerdos;
Que, el artículo 83º de la citada Ley Orgánica
dispone que son funciones especícas exclusivas de las
municipalidades distritales, en materia de abastecimiento
y comercialización de productos y servicios, regular
y controlar el comercio ambulatorio, de acuerdo a las
normas establecidas por la Municipalidad Metropolitana
de Lima;
Que, en efecto, la Municipalidad Metropolitana de
Lima mediante Ordenanza Nº 1787-MML, publicada con
fecha 12 de Mayo de 2014, aprobó la norma que Regula
el comercio ambulatorio en los espacios públicos en
Lima Metropolitana, disponiendo en el artículo 6º que
los gobiernos locales de la provincia de Lima, deberán
normar complementariamente y con sujeción a la citada
Ordenanza, teniendo en consideración las características
propias del comercio ambulatorio en su jurisdicción;
Que, conforme a ello, a través de la Ordenanza N° 434-
MSI publicada en el diario ocial El Peruano el 19 de Julio
de 2016; se aprobó la Ordenanza que regula el ejercicio
del comercio en vía pública en el distrito de San Isidro,
cuyo objetivo es establecer los lineamientos técnicos,
administrativos y legales que regulen el procedimiento
para la obtención de la autorización municipal temporal
del ejercicio de comercio en vía pública, en el distrito de
San Isidro;
Que, la referida Ordenanza, establece en su Segunda
Disposición complementaria nal, transitoria y derogatoria
entre los anexos que forman parte integrante de la norma,
el “Anexo II: Planos de Ubicación de la Actividad Comercial
en la vía pública del distrito de San Isidro”, el cual contiene
un Plano General y Planos por Subsectores (Sectores
1,2,3,4 y 5) en donde se establecen las ubicaciones
permitidas de los módulos de venta jo en el distrito;
Que, no obstante la Ocina de Planeamiento Urbano
a través del documento del visto, remitió la propuesta de
modicación de la Ordenanza N° 434-MSI, indicando que
esta tiene por objeto modicar los planos contenidos en el
Anexo II de la citada norma;
Que, en tal sentido, contando con las opiniones
favorables de la Gerencia de Autorizaciones y Control
Urbano; Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión
de Riesgo de Desastres y de la Gerencia de Desarrollo
Humano conforme se indica en los documentos del visto;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas por el numeral 8 del Artículo 9° y 40° de la Ley
Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo
Municipal por Mayoría y con la dispensa del trámite de
lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA
N° 434-MSI, QUE REGULA EL EJERCICIO DEL
COMERCIO EN VÍA PÚBLICA EN EL
DISTRITO DE SAN ISIDRO
Artículo Primero.- MODIFICAR los planos PG,
P03, P06 y P07 del Anexo II: Planos de Ubicación de la
Actividad Comercial en la vía pública en módulos de venta
jo del distrito de San Isidro de la Ordenanza N° 434-MSI,
los mismos que forman parte integrante de la presente
Ordenanza.
Articulo Segundo.- ENCARGAR a Secretaría General
la publicación del texto de la presente Ordenanza en el
Diario Ocial El Peruano y a la Ocina de Comunicaciones
e Imagen su publicación en la página web de la
Municipalidad de San Isidro: (www.munisanisidro.gob.pe).
Artículo Tercero.- La presente modicatoria entrará
en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en
el Diario Ocial “El Peruano”.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publique y cumpla.
Dado en San Isidro a los 26 días del mes de octubre
de dos mil dieciséis.
MANUEL VELARDE DELLEPIANE
Alcalde
1448288-1
Aprueban la modificación del Reglamento
de Organización y Funciones de la
Municipalidad de San Isidro
EL ALCALDE DE SAN ISIDRO
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen
N° 79-2016-CAJLI/MSI de la Comisión de Asuntos
Jurídicos, Laborales e Informática; el Dictamen N°
36-2016-CAFRP/MSI de la Comisión de Administración,
Finanzas, Rentas y Presupuesto; el Memorando N°
240-0500-GPPDC/MSI de la Secretaría General; el Informe
N° 339-2016-1330-SP-GDD-MSI de la Subgerencia de
Proyectos; el Informe N° 1819-2016-12.1.0-SLA-GACU/
MSI de la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones; el
Pase N° 2394-2016-12.0.0-GACU/MSI de la Gerencia
de Autorizaciones y Control Urbano; el Memorándum
N° 0686-2016-1100-GAT/MSI de la Gerencia de
Administración Tributaria; el Memorándum N° 428-
2016-0800-GAF/MSI de la Gerencia de Administración
y Finanzas; el Informe N° 193-2016-0520-SDC-GPPDC/
MSI de la Subgerencia de Desarrollo Corporativo; el

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