RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 585-2016-MTC/12, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Aprueban texto de la Norma Técnica Complementaria “Requisitos acerca de la información remitida a través del Sistema de Información Anticipada de Pasajeros (APIS)”-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 585-2016-MTC/12

EmisorTRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Fecha de la disposición21 de Octubre de 2016

Lima, 21 de octubre del 2016

CONSIDERANDO:

Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú, siendo competente para aprobar y modificar entre otros, las directivas técnicas, conforme lo señala el literal c) del artículo de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú;

Que, el artículo 2° del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC señala que los aspectos de orden técnico y operativo que regulan las actividades aeronáuticas civiles se rigen, entre otras, por las normas técnicas complementarias;

Que, en el proceso de elaboración normativa a cargo de la Dirección General de Aeronáutica Civil, se ha propuesto la aprobación de la Norma Técnica Complementaria “Requisitos acerca de la información remitida a través del Sistema de Información Anticipada de Pasajeros (APIS)”;

Que, los artículos 13° y 14° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS – Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, prescriben que las entidades públicas difundirán las normas legales de carácter general que sean de su competencia, a través de sus respectivos Portales Electrónicos, revistas institucionales y en general todos aquellos medios que hagan posible la difusión colectiva por un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia;

Que, asimismo, el citado dispositivo establece en el numeral 3.2 de su artículo 14º que se exceptúa de la aplicación de lo antes señalado cuando la entidad por razones debidamente fundamentadas, en el proyecto de norma, considere que la prepublicación de la norma es impracticable, innecesaria o contraria a la seguridad o al interés público;

Que, el texto del dispositivo cuenta con la validación y conformidad de la Dirección de Seguridad Aeronáutica, la Dirección de Regulación y Promoción, la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones y la Asesoría Legal, otorgadas a través de la memoranda Nº 2403-2016-MTC/12.04, N° 1589-2016-MTC/12.08, Nº 1927-2016-MTC/12.07 y N° 1365-2016-MTC/12.LEG, respectivamente;

Que, adicionalmente, se considera que la prepublicación de la NTC no resulta necesaria pues el envío por medios tecnológicos de la información de los pasajeros por parte de los explotadores aéreos permitirá incrementar el nivel de seguridad fronterizo y por ende resulta de interés público, pues a través de este sistema se logra un incremento en los niveles de seguridad nacional;

De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, la Directiva Nº 001-2011-MTC/01, aprobada por Resolución Ministerial Nº 543-2011-MTC/01; y estando a lo opinado por la Dirección de Regulación y Promoción;

SE RESUELVE:

Artículo Único Aprobar el texto de la Norma Técnica Complementaria “Requisitos acerca de la información remitida a través del Sistema de Información Anticipada de Pasajeros (APIS)”, que forma parte integrante de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS PAVIC MORENO

Director General de Aeronáutica Civil

NTC : 002 - 2016

FECHA : 21/10/2016

REVISIÓN : ORIGINAL

EMITIDA POR : DSA/DGAC

TEMA: REQUISITOS ACERCA DE LA INFORMACIÓN REMITIDA A TRAVÉS DEL SISTEMA DE INFORMACION ANTICIPADA DE PASAJEROS (APIS)

  1. ANTECEDENTES

    En los últimos años se ha incrementado de manera constante y acentuada la cantidad de pasajeros transportados por vía aérea desde, hacia o en tránsito por el Estado Peruano. Lo cual conlleva un incremento en las tareas de control fronterizo.

    Cabe señalar que un incremento en la cantidad de pasajeros, también conlleva un incremento en la amenaza que representan las organizaciones criminales vinculadas al terrorismo nacional o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR