RESOLUCION DE ALCALDIA, Nº 780-2016-ALC/MVES, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR - Aprueban la habilitación urbana de oficio de la Asociación de Vivienda Villa de Jesús, ubicada en el distrito-RESOLUCION DE ALCALDIA-Nº 780-2016-ALC/MVES
Fecha de disposición | 13 Octubre 2016 |
Fecha de publicación | 30 Octubre 2016 |
Materia | Derecho del Medio Ambiente |
Sección | Sección Única |
Villa El Salvador, 13 de octubre del 2016
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
VILLA EL SALVADOR
VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 059-2015/MVES, de fecha 26 de junio del 2015, que declaró de necesidad prioritaria de llevar adelante el procedimiento de la Habilitación Urbana de Oficio de la Asociación de Vivienda Villa Jesús del Distrito de Villa El Salvador; el Informe 207-2016-MVES-GDU/MVES, de fecha 07 de marzo del 2016, la Gerencia de Desarrollo Urbano Rural, el Informe Nº 44-2016-MVES-GDU-SGOPCCU, de fecha 16 de marzo del 2016, emitido por la Sub Gerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano, el Memorando Nº 457-2016-GDU/MVES, de fecha 15 de abril del 2016, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 208-2016-OAJ/MVES, de fecha 15 de junio del 2016, el Informe Nº 316-2016-OAJ/MVES, de fecha 19 de agosto del 2016, emitidos por la Oficina de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 1230-2016-GDU/MVES, de fecha 12 de octubre del 2016, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por Ley de Reforma Constitucional Ley N.º27680 del Capítulo XIV, Título IV sobre Descentralización, concordado con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; asimismo, el numeral 3.6.1 del inciso 3.6 del artículo 79º, dispone que es función específica exclusiva de los gobiernos locales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y fiscalizar las habilitaciones urbanas;
Que, mediante Ley Nº 29898- Ley que modifica la Ley Nº 29090- Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones se establece el procedimiento de Habilitación Urbana de Oficio; en ese sentido, a través del Decreto...
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