Resolución nº 148-2015/CPC-INDECOPI-SAM de Comisión de Protección al Consumidor, de 26 de Agosto de 2015

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente101-2014/PS0
COMISION DE LA OFICINA REGI ONAL
DEL INDECOPI DE SAN MARTI N
CUADERNO DE RECUSACIÓN
Exp. Principal N° 101-2014/PS0-I NDECOPI-SAM
1/5
M-CPC-05/1A
RESOLUCIÓN FINAL Nº 0148-2015/INDECOPI-SAM
PROCEDENCIA : SAN MARTIN
SOLICITANTE : VLADIMIR CHICANA VELEZ
(EL SEÑOR CHICANA)
RECUSADO : ORGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARISIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR DE
LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI SAN MARTIN
(ORPS)
MATERIA : PROCESAL
RECUSACIÓN
Tarapoto, 26 de agosto de 2015.
ANTECEDENTES
1. El 06 de mayo de 2015, la Sala Especializada en Protección de Consumidor (en
adelante, la Sala) resolvió declarar fundado el recurso de revisión que presentó el
señor Vladimir Chicana Vélez (en adelante el señor Chicana) y ordenó al ORPS
volver a notificar la resolución de imputación de cargos y por ende emitir un nuevo
pronunciamiento en el expediente de la referencia, el mismo que fue devuelto
mediante Memorándum Nº 2209-2015/SPC.
2. Así, mediante Resolución Nº 5 del 08 de julio de 2015, el ORPS, ordenó: “volver a
notificar al denunciado Vladimir Chicana Vélez con la Resolución Nº 01 (Resolución
de inicio a trámite e imputación de cargos), emitida el 12 de setiembre de 2014.”
3. Mediante escrito del 24 de julio de 2015, el señor Chicana, presentó un escrito
mediante el cual devolvía la cédula de notificación y anexos en tanto en dicha
Resolución Nº 5 no se adjuntó el escrito de denuncia y sus anexos; y, además
solicitó que el ORPS se abstenga de emitir un nuevo pronunciamiento final sobre el
expediente principal al haber emitido un pronunciamiento que no fue favorable a sus
intereses.
4. Mediante Memorándum N° 254-2015/PS0-INDECOPI-SAM del 18 de agosto de
2015, el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarios calificó el escrito
presentado el 24 de julio de 2015 por el señor Chicana como una solicitud de
recusación contra el Jefe del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarios, señor
Michel Iván Veliz Herrera, solicitud que se remitió a la Comisión de Protección al
Consumidor a fin de darle el trámite correspondiente.
5. En la recusación planteada, el interesado señaló lo siguiente:
i) Que, el ORPS mediante la Resolución Nº 5 del 08 de julio de 2015 no cumplió con
volver a notificar la denuncia y anexos a fin de respetar su derecho al debido
procedimiento.

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