Resolución nº 1000-2015/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 8 de Julio de 2015

Fecha de Resolución 8 de Julio de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente606-2014/CC1
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 1
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 606-2014/CC1
1
M-CPC-05/1A
RESOLUCIÓN FINAL Nº 1000-2015/CC1
DENUNCIANTE : YOVANA DELCY LIBERATO ROBLES
(LA SEÑORA LIBERATO)
DENUNCIADO : FINANCIERA EDYFICAR S.A.
(EDYFICAR )
MATERIAS : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
IDONEIDAD
DECLARACIÓN JUDICIAL DE QUIEBRA
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
Lima, 8 de julio de 2015
ANTECEDENTES
1. El 15 de julio de 2014, la señora Liberato denunció a Edyficar por presunta infracción a
la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor1 (en adelante, el
Código), señalando lo siguiente:
(i) El 1 de diciembre de 2011, celebró con Edyficar un contrato de crédito personal
en virtud del cual se desembolsó a su favor el importe capital de S/. 50 000,00,
que debía ser cancelado en veinticuatro (24) cuotas mensuales ascendentes a
S/. 2 533,50.
(ii) Durante la vigencia del contrato, canceló a cuenta de dicho crédito la suma de
S/. 39 868,00 y puso en conocimiento de la denunciada su condición de quiebra
económica.
(iii) No obstante ello, la denunciada pretende cobrarle montos excesivos de dinero
por conceptos de intereses, moras, gastos administrativos, costas y costos de
procesos.
(iv) El 17 de junio de 2014, cursó una carta notarial a la denunciada mediante la que
solicitó que se abstenga de requerir el cobro de la deuda y reiteró su condición
de quiebra económica; sin embargo, Edyficar denegó su solicitud.
(v) Solicitó que se ordene a la denunciada el cese de los cobros indebidos y el pago
de las costas y costos del procedimiento.
2. Mediante Resolución Nº 1 del 8 de agosto de 2014, la Secretaría Técnica de la
Comisión de Protección al Consumidor N° 1 (en adelante, la Comisión) admitió a
trámite la denuncia contra Edyficar, conforme a lo siguiente:
1 Publicado el 2 de setiembre de 201 0 en el Diario Oficial El Peruano y vigente a p artir del 2 de octubre de 2010.

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