Resolución nº 44-2015/CPC-INDECOPI-PIU de Comisión de Protección al Consumidor, de 21 de Enero de 2015

Fecha de Resolución21 de Enero de 2015
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente500-2015/CPC
COMISIONDELAOFICINAREGIONALDELINDECOPIDEPIURA
RESOLUCIONNº0442015/INDECOPIPIU
EXP.ENORPSNº0542014IMC/PSINDECOPIPIU
Página1de4
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS SUMARÍSIMOS
DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR DE LA OFICINA REGIONAL
DELINDECOPIDEPIURA(ORPS)
PROCEDIMIENTO : SUMARÍSIMO
DENUNCIANTE : GLOWERADHETMIRARÉVALOIRCAS(ELSEÑORARÉVALO)
DENUNCIADO : BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ S.A.A.  INTERBANK
(INTERBANK)
MATERIA : RECURSODEAPELACIÓN
INCUMPLIMIENTODEMEDIDACORRECTIVA
ACTIVIDAD : OTROSTIPOSDEINTERMEDIACIONFINANCIERA
SUMILLA: En el procedimiento iniciado por el señor Glower Adhetmir Arévalo Ircas contra
Banco Internacional del Perú S.A.A.  Interbank, la Comisión de la Oficina Regional del  
Indecopi de Piura ha resuelto confirmar la Resolución Final Nº 8712014/PS0INDECOPIPIU,
de fecha 28 de octubre de 2014, emitida por el Órgano Resolutivo de Procedimientos
Sumarísimos de Protección al Consumidor de la Oficina Regional del INDECOPI de Piura, que
declaró fundada la denuncia por incumplimiento de medida correctiva ordenada a través de
la Resolución Final 0632014/PS0INDECOPIPIU emitida por el ORPS, confirmada por
Resolución Nº 2302014/INDECOPIPIU emitida por la Comisión, al no haberse acreditado el
cumplimiento de la medida correctiva del procedimiento principal; en consecuencia, se
confirmalamultaimpuestadetres(3)UIT.
SANCIÓN: 3UIT
Piura,21deenerode2015
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución Nº 0632014/PS0INDECOPIPIU del 27 de enero de 2014, el ORPS
resolvió:
“(…)
SEGUNDO
: Ordenar a Banco Internacional del Perú S.A.A., como medida correctiva
que, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificaciónde la  
presente resolución, cumpla con dar respuesta al reclamo N° 4426535 de fecha 07 de
setiembrede2012presentadoporelseñorArévalo(…)”
2. Mediante Resolución Nº 2302014/INDECOPIPIU, la Comisión de la Oficina Regional del
IndecopidePiura(enadelantelaComisión)resolvió:
“SEGUNDO
: Confirmar la Resolución 0632014/PS0INDECOPIPIU, del 27 de enero de       
2014, en los extremos referidos a la medida correctiva ordenada y la condena al pago de las
costasycostosdelprocedimiento.”
3. El 26 de agosto de 2014, el señor Arévalo denunció al Banco, por incumplimiento demedida
correctiva.
INSTITUTONACIONALDEDEFENSADELACOMPETENCIAYDELAPROTECCIÓNDELAPROPIEDADINTELECTUAL
AvenidaLosCocosNº268,UrbanizaciónClubGrau,Piura–Perú/Telefax:073308549
Email:apena@indecopi.gob.pe/Web:www.indecopi.gob.pe

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