DECRETO DE ALCALDIA, Nº 018-2016-ALC/MSI, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO - Aprueban Disposiciones Complementarias de la Ordenanza Nº 435-MSI que establece medidas de prevención de seguridad ciudadana en la ejecución de obras de edificación y en establecimientos comerciales en el distrito-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 018-2016-ALC/MSI

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Fecha de la disposición 5 de Septiembre de 2016

San Isidro, 5 de setiembre de 2016

EL ALCALDE DE SAN ISIDRO

VISTOS: El Informe N° 67-2016-14.0.0.GSCGRD/MSI de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres y el Memorándum N° 177-2016-10.00-GTIC/MSI de la Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú indica que municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que, conforme el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, mediante Ordenanza N° 435-MSI, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 27 de junio del 2016, se aprobó la Ordenanza que establece las medidas de prevención de seguridad en la ejecución de obras de edificación y en establecimientos comerciales en el distrito de San Isidro; en cuya Tercera Disposición Final se faculta al señor Alcalde a dictar las medidas complementarias y reglamentarias en el marco de las normas legales vigentes, para la correcta aplicación de la citada ordenanza;

Que, el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas;

Que, en este contexto, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres remite proyecto de Decreto de Alcaldía que contiene la propuesta de Disposiciones Complementarias de la Ordenanza N° 435-MSI para su correcta aplicación;

Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 0420-2016-0400-GAJ/MSI;

En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20° y los artículos 39° y 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero APROBAR las Disposiciones...

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